Lidia Patty afirma que no corresponde juicio de responsabilidades contra Jeanine Áñez

-La defensa de la exlegisladora considera que el Tribunal Supremo Electoral al no activar la condición de presidenta a través de la entrega de su credencial, la gestión transitoria de Áñez es inconstitucional. Pide que los vocales electorales sean citados a declarar.

La expresidenta cuando presidió el país en 2020/ Foto: Telam

Innovapress, 13 sep 2021.- La exdiputada y principal acusadora de la expresidenta transitoria, Lidia Patty, en el caso golpe de Estado, afirmó el lunes que a Jeanine Áñez no le corresponde un juicio de responsabilidades porque no fue una autoridad electa, en todo caso, procede un juicio ordinario.

“No le compete un juicio de responsabilidades porque ella no fue presidenta electa, ¡por qué tienen que hacer juicio de responsabilidades! están equivocados, en el Ministerio de Justicia están muy equivocados”, afirmó la exlegisladora.

Por su parte, el abogado de la exdiputada, Marcelo Valdez, manifestó que lo correcto es que Jeanine Áñez sea procesada por la vía ordinaria y no por juicio de responsabilidades tras no ser reconocida como presidenta del Estado por la falta de su acreditación correspondiente por parte del Tribunal Supremo Electoral.

“Mi criterio legal es que a ella (Jeanine Áñez) no le corresponde juicios de responsabilidades porque no tiene legitimación activa, no tiene credencial (como presidenta), por tanto, a ella le corresponde ser procesada en la justicia ordinaria como cualquier ciudadano”, aseguró Valdez.

El jurista acotó que el Ministerio Público deberá convocar a declarar en primera instancia como testigos a quienes fungieron como vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE) ante la no legitimación de Áñez como mandataria.

“Tienen que declarar en calidad de testigos por qué motivos no se ha entregado la credencial, por qué motivos no se ha pedido que la señora (Áñez) acredite su legitimación que es importante”, agregó.

Dijo que esas declaraciones deberán comenzar por la comparecencia de Salvador Romero porque fue el vocal designado por la exmandataria Jeanine Áñez.

Recientemente, la vocal del TSE, Dina Chuquimia, reveló que el TSE no acreditó a Áñez como presidente interina del Estado, debido a que a los mandatos interinos no necesitan acreditación, sin embargo, según el abogado Valdez, reiteró que la falta de acreditación hace que el gobierno de Áñez no fue en ningún momento constitucional.

“Si ella (Áñez) no tenía credencial, no fue presidenta constitucional, por tanto el Órgano Electoral no cumplió con sus deberes, puesto que establece el Art. 192 de la Ley Nº022 de Régimen Electoral, referido a la entrega de credenciales, en este caso en el numeral cuarto establece, en caso de renuncia, habilitación o fallecimiento de autoridades acreditadas, el Tribunal Supremo Electoral o los Tribunales Electorales Departamentales, entregarán credenciales a las autoridades sustitutas correspondientes“, señaló Valdez, por lo que consideró que los vocales que asumieron este cargo en el gobierno transitorio deberán aclarar esta situación ante el Ministerio Público.

Anteriormente la Fiscalía solicitó al TSE un informe sobre si Áñez fue acreditada por ese órgano del Estado como presidenta interina. La solicitud se realizó en el marco de las investigaciones del caso “Golpe de Estado.

IP/MP

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