La Paz, 20 de abril de 2024
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La Cámara de Diputados aprobó la madrugada de este miércoles el proyecto de ‘ley corta’ para las elecciones judiciales

– Fija hasta 70 días para la preselección de los candidatos en la Asamblea Legislativa y de hasta 120 días para que el TSE planifique los comicios.

La aprobación de la ‘ley corta’ para garantizar las elecciones judiciales en 2023/ Foto: Diputados

La Paz, Innovapress, 24 may 2023.- En medio de la tensión marcada por la sesión de interpelación que antecedió, la Cámara de Diputados aprobó la madrugada de este miércoles (01.00), en su estación en grande y en detalle, el proyecto de “ley corta” para garantizar las elecciones judiciales en 2023.

“Habiéndose aprobado el proyecto de Ley N° 363/ 2022-2023 en sus dos estaciones en grande y en detalle y siendo Cámara de origen, remítase a la Cámara de Senadores para fines constitucionales de revisión”, aseveró el presidente de la Cámara Baja, Jerges Mercado.

El proyecto establece un plazo de hasta 70 días para la preselección de los candidatos en la Asamblea Legislativa y de hasta 120 días para que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) planifique los comicios.

El proyecto de ley aprobado garantiza que la nómina de candidatos estará conformada por 50% de mujeres y 50% de varones.

El proyecto de ley corta consta de cinco artículos y tres disposiciones adicionales.

En los casos del Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo de Justicia, no se tomará en cuenta la procedencia de los aspirantes.

“En el caso del Tribunal Agroambiental, la elección será en circunscripción nacional. La lista estará integrada por catorce candidatas y candidatos, pero serán electos 10 con mayor votación. Mientras que en el Consejo de la Magistratura se tendrá 10 candidatos y los electos serán los primeros seis”, informó la Cámara Baja.

El artículo 3 del proyecto normativo, establece que el reglamento de la preselección de los candidatos será elaborado por las comisiones respectivas, para posteriormente ser aprobado por una resolución de la Asamblea.

El tratamiento se caracterizó por amagues de enfrentamiento por el conteo de votos. La oposición denunció que la directiva pretendía registrar la aprobación del primer artículo de la norma como si hubiera tenido un apoyo de dos tercios.

IP/RDC

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