Más de 17.000 contribuyentes se inscribieron para la devolución del Re-IVA

– El beneficiario debe ingresar a la página www.impuestos.gob.bo y ahí aparece la pantalla de “oficina virtual” ingresa y elige “servicios al ciudadano” y en la parte inferior está la opción de “registro del Re-IVA” ingresa y debe ingresar sus datos generales y el número de cuenta para el abono.

Mario Cazón, presidente del Servicio de Impuestos Nacionales/ Foto: Internet

Innovapress, 17 feb 2021.- El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón, informó que más de 17.000 contribuyentes se inscribieron ante esta entidad recaudadora con el propósito de recibir la devolución del 5% de Régimen de Devolución del Impuesto Al Valor Agregado (Re-IVA), desde el mes pasado.

Indicó que en estos feriados de carnaval más de 2.000 personas se inscribieron al Régimen de Re-IVA. “Por tanto tenemos más de 17 mil personas inscritas para devolución del Re-IVA y hasta fin de este mes vamos a devolver más o menos un aproximado de 4 millones 294 mil bolivianos”, acotó.

Acotó que esa devolución de recursos, son ingresos para los negocios y reactiva la demanda interna que es el motor del modelo económico social, comunitario productivo que el gobierno de Luis Arce está volviendo a reconstruir.

Precisó que el 40% de los aportantes de este impuesto son trabajadores independientes y jubilados que más o menos llega a 6.800 y los dependientes representa el 60%.

“Esperamos que aumente el número de beneficiarios del Re-IVA porque el exigir facturas genera recursos para el Estado en un 13 por ciento, de ese 13 por ciento, el 8 por ciento es para el Estado y eso se coparticipa entre las alcaldías, las universidades y el nivel central, así como también vuelve el dinero a las cuentas en un 5 por ciento a los trabajadores”, declaró.

Cazón explicó que en un año una persona podría recibir, si acaso tuviera un ingreso de 9.000 bolivianos y el Estado le devuelve el 5%, unos 5.400 bolivianos de devolución del Re-IVA.

Agregó que es importante que los trabajadores dependientes, independientes y jubilados se puedan acoger a este beneficio de la Ley del Re-IVA.

Añadió que el registro es bastante sencillo, el beneficiario debe ingresar a la página web de Impuesto Nacionales www.impuestos.gob.bo y ahí aparecer la pantalla de “oficina virtual” ingresa y elige “servicios al ciudadano” y en la parte inferior está la opción de “registro del Re-IVA” ingresa y le pide todos los datos generales como el nombre, apellido, el número de carnet de identidad, la fecha de nacimiento y particularmente el número de cuenta al cual el SIN tiene que hacer el abono de manera directa ya sea de manera automática o manual.

Dijo que es recomendable que se lo haga de manera automática por cuanto el SIN va generando el formulario 111 que es para la devolución del Re-IVA.

Cazó señaló que el IVA es el más importante para el Estado que se emite a toda venta y le implica los mayores ingresos para el erario nacional.

“Esperamos aumentar la recaudación del IVA que es lo que ha ocurrido en el mes de enero y que creció en 3,4 por ciento respecto a enero de 2020 a pesar de que en esta gestión 2021 existe el tema de la pandemia, enfermedad que azota al mundo”, expresó.

En enero el IVA le generó al Estado un ingreso por unos 1.500 millones de bolivianos. Es decir, según Cazón, la totalidad de los contribuyentes son quienes pagan este tributo que son más de 450.000 contribuyentes.

La Ley 1355, el Re-IVA se aplicará a personas naturales que soporten este impuesto en sus compras o adquisiciones y tengan un ingreso promedio mensual igual o menor a los Bs 9.000.

Se reintegrará a las personas naturales en el importe equivalente de hasta el cinco por ciento (5%) del precio de venta sujeto a este impuesto contenido en sus facturas de compra, siempre que éstas sean emitidas por los medios tecnológicos autorizados por el Servicio de Impuestos Nacionales.

Para acceder al beneficio del reintegro, las personas naturales alcanzadas por la presente Ley, deberán habilitarse como beneficiarios de este Régimen, ante el SIN. A partir de la habilitación del beneficiario, el SIN computará todas las facturas de compra, emitidas por medios tecnológicos a nombre y documento de identidad de la persona natural, para su reintegro del IVA.

IP/MP

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