Impuestos y Derechos Reales inician investigación para analizar fortunas en bienes inmuebles

-Pedirán reportes para cruce de información sobre propietarios de más de 10 inmuebles que posean riquezas superiores a Bs 30.000.000 para que paguen el Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF).

Impuestos pide información a DDRR sobre el valor patrimonial de contribuyentes en bienes inmuebles/ Foto: Innovapress

Innovapress, 30 jun 2021.- El Servicio de Impuesto Nacionales (SIN) en coordinación con Derechos Reales iniciaron una investigación y cruce de información para establecer cuántas personas naturales en Bolivia poseen más de 10 inmuebles para detectar a aquellos propietarios que posean un valor patrimonial superior a los 30 millones de bolivianos.

El propósito es establecer a aquellos contribuyentes que no se registraron para el pago del Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF).

En este marco, el presidente del SIN, Mario Cazón, ya realizó la solicitud al director de Derechos Reales del Consejo de la Magistratura, José Barros, para que lo antes posible le haga llegar un informe actualizado al 31 de diciembre de 2020 sobre los propietarios de más de 10 inmuebles.

El SIN indicó que se trata de una investigación fiscal para determinar quiénes aún no cumplieron con la obligación de pagar el IGF y que dicha investigación se encuentra respaldada por la Ley 1357 y su Reglamento, el Decreto Supremo 4436; que en su Artículo 10 dispone “acciones para que la Administración Tributaria pueda observar de oficio los valores declarados por el contribuyente, en el ejercicio de sus facultades de investigación, control, verificación y fiscalización”.

“La solicitud de información a Derechos Reales sobre personas naturales que registren más de 10 bienes inmuebles al 31 de diciembre del 2020, se enmarca estrictamente en el marco de la investigación fiscal para determinar quiénes aún no cumplieron con la obligación de pagar el IGF”, informó la administración tributaria.

Según el SIN, en este mismo lineamiento, el Artículo 66 (Facultades Específicas) y el Artículo 100 (Ejercicio de la Facultad) del Código Tributario Boliviano (CTB) facultan también al SIN a ejercer dichas atribuciones, en estricto apego a la normativa tributaria vigente.

También indica que “es conveniente recordar que la Administración Tributaria informó con oportunidad que el Artículo 15 de la Ley 1357 dispone una multa equivalente al 200% del tributo omitido para los contribuyentes pasivos del IGF que omitan el pago de este tributo en los plazos establecidos”.

En este sentido, José Barros, director de Derechos Reales ya emitió un instructivo destinado a los registradores y subregistradores para que cumplan con la solicitud del SIN.

“En consecuencia solicito que a la brevedad posible sus autoridades remitan el detalle propietario, de personas naturales, que registren más de 10 bienes inmuebles al 31 de diciembre del 2020”, instruyó Barros.

La recaudación del IGF alcanzó hasta el 31 de mayo de este año a Bs 240.143.432; mientras que el número de contribuyentes inscritos en este nuevo régimen llegó a 206 personas naturales que tienen un patrimonio neto superior a Bs 30.000.000.

IP/MP

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