-Plantearon un arraigo además que este 13 de junio la expresidenta cumplió 15 meses de reclusión, es decir, dos terceras partes de lo previsto en su detención preventiva.
La Paz, Innovapress, 7 jun 2022.- El Tribunal Primero de Sentencia en el que se ventila el proceso ordinario de la expresidenta Jeanine Áñez en el caso Golpe de Estado II rechazó este martes el Recurso de Cesación a la Detención Preventiva que elevó la defensa para evitar la dictación de sentencia.
El argumentó que presentó la defensa fue que la expresidenta está próxima a cumplir 15 meses de reclusión, dos terceras partes, tras ser detenida el 13 de marzo de 2021.
“El Tribunal de Sentencia Anticorrupción Primero de la capital, sin ingresar a mayores consideraciones de orden legal, dispone el rechazo de la solicitud de cesación a la detención preventiva interpuesta por la ciudadana Jeanine Áñez Chávez, debiendo, en consecuencia, continuar en detención preventiva en el recinto penitenciario de Miraflores”, informó el presidente del Tribunal, Germán Ramos.
La defensa explicó que con un arraigo se podría cubrir el riesgo procesal de fuga y obstaculización a la investigación al haberse ingresado en la fase de los alegatos.
La Fiscalía en la persona del fiscal Omar Mejillones expresó que, al momento de ser detenida en Trinidad, Áñez se encontraba en posesión de su pasaporte y con maletas. Por ello sustentó la necesidad de mantener a la exautoridad privada de libertad.
“Dada la característica de instrumentalidad de la medida cautelar, la misma no es propiamente de la etapa preparatoria, es decir, que la misma persiste en juicio oral. (…) Persisten riesgos procesales de fuga y obstaculización del proceso”, insistió.
Por su parte, el abogado defensor de Áñez, Luis Guillén, indicó que se debería dar lugar a medida menos gravosa.
“La defensa observa que es pertinente ya en este momento hacer un análisis de si el mismo (el riesgo procesal) continúa vigente, en el entender de que el mismo puede ser desvirtuado con una medida menos gravosa, pues un arraigo puede ser suficiente a efectos de desvirtuar este riesgo procesal”, añadió.
Dijo que los motivos que dieron lugar a este riesgo procesal ya en la etapa final del juicio no pueden seguir siendo sustentados.
“Al presente, la exmandataria no tiene esos pasaportes (…) y con relación al riesgo de obstaculización, se tiene que las pruebas dentro de la instancia de juicio ya han sido producidas (…) y ya no hay peligro a que las mismas puedan ser entorpecidas de alguna forma”, manifestó el jurista.
Sin embargo, anunció que presentará una apelación, al considerar que la resolución “carece de motivación, carece de fundamentación y no se encuentra apegada al principio de legalidad, vulnerando el principio de presunción de inocencia y el del derecho a la libertad de las personas”.
Similar recurso anunció el Ministerio Público, el Ministerio de Gobierno y la Procuraduría General del Estado
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