-El Jefe de Estado convocará a sesión de gabinete para la consideración del decreto reglamentario que avale la postergación de la encuesta.
La Paz, Innovapress, 12 jul 2022.- Luego de que el Consejo Nacional de Autonomías definiera la postergación del Censo Nacional de Población y Vivienda para el primer semestre de 2024, el Gobierno precisó que esa determinación se la asumirá a través de la reglamentación de un decreto supremo.
El viceministro de Autonomías, Álvaro Ruiz, explicó a los periodistas en Casa Grande del Pueblo que en breve el presidente Luis Arce convocará a sesión de gabinete ministerial para tratar la determinación adoptada en el Consejo Nacional de Autonomías.
“Antes del decreto, el presidente (Luis Arce) quería que exista un nivel de consenso, que se aclaren todas las dudas, observaciones y politizaciones que están haciendo algunos actores políticos; seguramente eso se va a plasmar en un decreto en los próximos días”, expresó.
Entretanto, el presidente Luis Arce expresó que el Censo debe ser una verdadera herramienta de planificación nacional.
“Con la firme predisposición de realizar un Censo absolutamente responsable, que sea una verdadera herramienta de planificación nacional, departamental y municipal; en consenso, el Consejo Nacional de Autonomías decidió reprogramar el Censo de Población y Vivienda, para el 2024”, escribió el mandatario en su red social Twitter.
La decimosegunda sesión del Consejo Nacional de Autonomías definió solicitar al presidente Arce la postergación de la Encuesta para mayo o junio del año 2024 y que la consulta se realice en fin de semana.
Entre los factores que incidieron la reprogramación de la encuesta están el Covid-19, la socialización de la Boleta Censal, la incorporación de idiomas originarios, la necesidad de tener una actualización cartográfica en coordinación con los gobiernos locales, la migración por actividades agrícolas y las condiciones climáticas, entre algunos.
El Decreto Supremo 4546 declara prioridad nacional la realización del Censo de Población y Vivienda – 2022 en todas sus etapas, debiendo las autoridades públicas y privadas, instituciones, organizaciones y población en general, prestar su apoyo y participar en su realización, en el marco de la competencia privativa de censos oficiales establecida en el numeral 16 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado.
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