El receso judicial inicia el martes 6 de diciembre y se prolongará hasta el 3 de enero de 2023

– Los juzgados cautelares, unipersonales de sentencia, tribunales, juzgados de la niñez y adolescencia y del trabajo quedarán de turno. También deberán atender casos en las provincias.

Los estrados judiciales entran en receso desde el martes 6 de diciembre al 3 de enero de 2023/ referencial archivo

Sucre, Innovapress, 3 dic 2023.- El receso o vacación judicial inicia en todo el territorio nacional el martes 6 de diciembre y se prolongará hasta el 3 de enero de 2023 habilitando juzgados de turno para atender causas de emergencia y casos especiales, informó el sábado el magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSJ), José Antonio Revilla.

“La vacación judicial inicia el día 6 de diciembre y se extenderá por 25 días calendario tal como corresponde cada fin de gestión. La inauguración del año judicial está prevista para el próximo 3 de enero”, indicó.

Para ello, cada tribunal departamental debe conformar tribunales especiales de turno en las diferentes áreas del derecho, para que exista continuidad en la actividad judicial.

“Para mantener la continuidad del servicio judicial habrá tribunales de acciones tutelares, de materia penal, cautelar y otras materias acordes a cada departamento. Entonces la continuidad del servicio judicial está asegurada, con las limitaciones propias de la vacación colectiva”, expresó.

Según la Circular de TSJ, cada departamental de Justicia deberá habilitar salas penales y constitucionales, con todo su personal, quedarán de turno para atender los requerimientos de los litigantes.

La instructiva señala que los juzgados cautelares, unipersonales de sentencia, tribunales, juzgados de la niñez y adolescencia y del trabajo, quedarán de turno. Del mismo modo, los tribunales de justicia también deberán atender en las provincias.

Según la circular, los juzgados de turno podrán recibir causas nuevas en todas las materias y de la misma forma en las casas judiciales de todas las provincias.

Los juzgados y tribunales que emitieron mandamientos de aprehensión, medidas restrictivas, de libertad o modificaciones de medidas, deben remitir las actuaciones a las instancias que queden de turno para que los procesos sigan su curso normal, a fin de dar una atención eficaz a la sociedad, señala el documento.

La vacación colectiva judicial rige en todo el país, pero cada departamento adopta decisiones de acuerdo a los requerimientos que los litigantes requieren y también previendo casos de emergencia.

IP/MP

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