-A través de una ley corta para designar magistrados interinamente.
La Paz, Innovapress, 22 feb 2023.- El ala evista del Movimiento Al Socialismo (MAS) pretende eliminar los dos tercios (2/3) y para elegir a los magistrados del Órgano Judicial previsto para el mes de octubre próximo.
El diputado de esa corriente oficialista, Renán Cabezas, indicó este miércoles que se advirtió que las elecciones judiciales se empantanarán debido a que las leyes 025 (Ley del Órgano Judicial) y 027 (Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional) señalan que los legisladores deberán elegir a los postulantes por 2/3 para que los candidatos sean elegidos por voto universal.
“De no suceder aquello ¿qué hacemos? entonces aquí en la Asamblea Legislativa podríamos empantanarnos y hasta que la Asamblea Legislativa no se ponga de acuerdo he planteado que aprobemos una ley corta para designar autoridades judiciales interinamente en tanto y cuanto la Asamblea Legislativa no se ponga de acuerdo”, afirmó.
Cabezas precisó que esa es una propuesta mientras que la otra es que en el mes de agosto ya se tendría que estar debatiendo las postulaciones al Órgano Judicial y en octubre ya se tendría que estar eligiendo a las nuevas autoridades judiciales.
“Si no nos ponemos de acuerdo, debemos modificar la (ley) 025 y la (ley) 027 ambas leyes señalan que la Asamblea Legislativa debe postular a los candidatos a magistrados por dos tercios entonces hagamos que postulemos por mayoría absoluta o simple mayoría, eso se lo puede debatir aquí en la Asamblea Legislativa, lo que no podemos hacer es dejarle al pueblo boliviano sin servicio de justicia”, insistió.
Recientemente, el MAS desahució la iniciativa ciudadana de recolección de firmas para un referéndum constitucional que cambie las reglas de selección de los candidatos a magistrados.
El diputado Juan José Jáuregui declaró que los plazos existentes no permitirán la realización de la consulta que buscan los abogados que impulsan esta iniciativa.
Entre tanto, la vocal electoral Dina Chuquimia aclaró que ambos procesos son distintos y no pueden ser sobrepuestos o compartidos, puesto que la Constitución Política del Estado y la Ley de Régimen Electoral fijan plazos para la elección de las altas autoridades judiciales y es un proceso que no puede detenerse; mientras que la iniciativa de los abogados debe seguir un trámite y que se atenderá ese pedido en la medida que cumpla los plazos que tienen los distintos órganos del Estado que revisarán esta petición.
Según el artículo 76 de la Ley 026 del Régimen Electoral, la Asamblea Legislativa Plurinacional debe emitir la convocatoria para el proceso y preselección de postulantes del Órgano Judicial y del TCP.
Posteriormente, 25 días después de que la convocatoria sea expedida por la Asamblea Legislativa, el TSE emitirá la convocatoria al proceso electoral y publicará el calendario, con la fecha para su realización.
La ley indica también que las convocatorias deben garantizar que la elección y posesión de las nuevas autoridades se realice antes de la conclusión del mandato de las autoridades salientes.
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