-La medida preventiva por la pandemia de Covid-19 dejará de regir en instituciones públicas y privadas.
La Paz, Innovapress, 1 mar 2023.- El Ministerio de Trabajo informó este miércoles que el horario continuo de 8.00 a 16.00 en las instituciones públicas y privadas como medida preventiva declarada en 2020 por la pandemia queda sin efecto y vuelve el horario normal de 8.00 a 12.00 y de 14.00 a 18.00.
Esa cartera de Estado emitió la Resolución 264/23 que tiene por objeto suspender la aplicación de la jornada laboral en horario continuo, establecida como medida preventiva para la contención y reducción de contagios de Covid-19 y que fue dispuesta en marzo de 2020, durante el Gobierno de Jeanine Añez.
Establece además que dicha medida se aplicará desde el 6 de marzo del año en curso tanto para el sector público como privado en todo el territorio nacional por lo que el cumplimiento de las ocho horas de labores se hará de forma discontinua.
Las empresas y establecimientos laborales del sector privado podrán adecuar sus actividades tanto en horario de ingreso y salida de sus trabajadores de acuerdo a la naturaleza de sus actividades.
Mientras que las empresas públicas que requieran la aplicación de la jornada laboral especial o excepcional deberán sujetarse a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo 29197 que señala que el Ministerio de Trabajo se constituye en el Órgano Rector, para regular, controlar y evaluar la jornada de trabajo.
Como disposición adicional, en dicha resolución se dispone que las jefaturas departamentales y regionales de Trabajo quedan habilitados para realizar la verificación del cumplimiento de lo establecido en esta nueva norma.
IP/MP