La Gestora Pública no dispondrá de los recursos de los aportantes

– Pago de jubilación se dará a partir del 1 junio, comenzará con el pago de las planillas de los jubilados del mes de mayo, con la eliminación de la comisión del 1,31%.

El gerente general de la Gestora Pública, Jaime Durán, en rueda de prensa/ agencia APG

La Paz, Innovapress, 5 abr 2023.- La Gestora Pública no dispondrá de los recursos de aportantes porque no son de libre disponibilidad según la Ley 065, informó el miércoles el gerente general de la entidad de la Seguridad Social de Largo Plazo, Jaime Durán.

“Cada uno de los fondos de pensiones se constituye como patrimonio autónomo no existe norma que establezca libre disponibilidad por parte del estado”, manifestó en rueda de prensa.

Remarcó que el pedido de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (Uagrm) de elegir si se quiere seguir aportando al sistema privado o si se quiere que el dinero pase a ser administrado por el Estado ‘choca’ con la Ley del Régimen Electoral, que indica que no se puede someter a un referéndum temas que son exclusivos del Estado, establecidos en la Constitución y la Ley 026 y manifestó que es competencia exclusiva del Estado la seguridad social. 

También dijo que la población debe conocer las tres fechas importantes en la puesta en funcionamiento de la Gestora Pública y que tienen que ver con el futuro de sus aportes y cobros de pensiones.

1. Recaudación total. Esto se dará a partir del 2 de mayo y quiere decir que todas las empresas aportantes al Sistema Integral de Pensiones ya deben realizar sus aportes a través de la oficina virtual de la Gestora. La recaudación es electrónica y no se utiliza el dinero en efectivo.

2. Recepción de los trámites. Desde el 15 de mayo la Gestora Pública recibirá los trámites correspondientes a la jubilación.

3. Pago de jubilación. Esto se dará a partir del 1 junio. La Gestora Pública comenzará con el pago de las planillas de los jubilados del mes de mayo, con la eliminación de la comisión del 1,31%.  Todos los empleadores tienen la obligación de “activar sus credenciales” en la página de la oficina virtual de la Gestora.

Los empleadores deben activar sus credenciales en la página virtual. Por otra parte, se prevé que la conformación del directorio de la Gestora Pública en una labor que es competencia de la Asamblea Legislativa.

IP/MP

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