El TCP declara inconstitucionales la convocatoria y reglamento de las judiciales (amplia)

– Exhorta al Legislativo a aprobar una ley por dos tercios de votos en la Asamblea Legislativa.

Paul Franco, presidente del TCP/ Gentileza

Sucre, Innovapress, 31 jul 2023.- Dentro de los 45 días de plazo, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió este lunes el esperado fallo sobre el proceso eleccionario judicial. Anula la convocatoria y el reglamento de preselección de candidatos al haber declarado la inconstitucionalidad de ambas normas.

La sentencia se conoció este lunes dentro del plazo que fija el Código Procesal Constitucional y en medio de la expectativa nacional.

La Sala Plena del TCP, en virtud de la autoridad que le confiere la CPE y el artículo 12.1 de la Ley del TCP; resuelve declarar:

«La Inconstitucionalidad de la R.A.L.P, 007/2022-2023 de 20 de abril de 2023; y en consecuencia, del Reglamento de Preselección de Candidatos y Candidatas para la conformación del TCP, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura y de la Convocatoria Pública emitida para tal efecto, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional, por ser contrarios a los artículos 109.II, 144.II, de la Constitución Política del Estado», señala el fallo.

Asimismo, por conexitud, (declara) la inconstitucionalidad de la Ley 1513 del 5 de junio de 2023, Ley Transitoria para Garantizar el Proceso de Preselección de Candidatos y Candidatas para la conformación del TCP, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura.

“El TCP exhorta a la Asamblea Legislativa Plurinacional, a cumplir con las funciones y atribuciones, constitucionalmente previstas; así como contribuir a la generación de condiciones que garanticen el desarrollo de la preselección y elección de las máximas autoridades judiciales y del TCP, con carácter inmediato a partir de la notificación al personero del Órgano que generó la norma impugnada con el presente fallo constitucional”, señala el punto 3 de la resolución.

El 28 de abril, la Asamblea Legislativa suspendió el proceso de preselección de candidatos a magistrados del Órgano Judicial, debido a un fallo emitido del TCP ante un recurso interpuesto por el diputado Leornardo Ayala (Creemos).

El opositor elevó una acción de inconstitucionalidad abstracta ante el TCP alegando que la Sala Constitucional de Beni observó el reglamento de preselección en su totalidad y que los asambleístas elaboraron uno nuevo. Lo que correspondía era una ley, como sucedió en 2017 con la Ley 960 Transitoria para las judiciales de aquel año.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE), el 14 de julio, garantizó el desarrollo de las elecciones judiciales para el domingo 3 de diciembre; siempre que la Asamblea Legislativa le remita la nómina de postulantes preseleccionados hasta el lunes 4 de septiembre.

El presidente del (TCP), Paul Franco, exhortó a la Asamblea Legislativa aprobar una ley para este proceso con dos tercios de votos.

“Corresponde ahora, con absoluta responsabilidad y compromiso del país, a nuestra Asamblea Legislativa Plurinacional cumplir las atribuciones que por Constitución tiene y emitir una ley por dos tercios de voto”, recomendó.

Asimismo, un “amplio debate constructivo y participativo para la búsqueda del mejoramiento del sistema de justicia”.

IP/RDC

Send this to a friend