- Remite el caso a la Asamblea Legislativa para que sea tratado como juicio de privilegio.
Sucre, Innovapress, 8 feb 2024.- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) de Chuquisaca determinó que la justicia ordinaria no tiene competencia para juzgar a los magistrados prorrogados, por lo que el caso fue remitido a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) para su trámite como juicio de privilegio.
La acción era pretendida por la oposición (CC y Creemos) y organizaciones sociales afines a Evo Morales, como el Comité Impulsor de Juicios en Chuquisaca.
«Declara fundada la excepción de incompetencia debido a que la jurisdicción ordinaria no es competente para juzgar a los excepcionistas (magistrados), en ese sentido, al ser incompetentes (los jueces), no se pronuncia sobre (el incidente de) la falta de acción, precisamente porque no somos competentes para juzgar a los excepcionistas», refiere la resolución dictada por los vocales Hugo Michel y Sandra Medrano.
El Ministerio Público y la defensa de los legisladores opositores interpusieron una apelación en contra de la resolución de la jueza Cuarta de Instrucción Anticorrupción, Miriam Flores, que el 2 de febrero archivó la causa en la vía ordinaria y la remisión del expediente a la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados.
La audiencia de resolución de esta apelación se desarrolló este miércoles, la misma que fue virtual, y después de la misma, los dos vocales determinaron que la justicia ordinaria es incompetente para investigar a los denunciados.
El abogado de Comunidad Ciudadana (CC), Johan Echavarría, argumentó que los dos vocales actuaron «de forma oficiosa» al declarar la incompetencia para procesar a los magistrados sin que ninguna de las partes haya solicitado, porque el objeto de la audiencia era declarar la nulidad o mantener firme la resolución de la jueza que ya se deshizo del proceso.
«Les pedimos (en la apelación) que declaren la nulidad de la resolución de la jueza que declaró probada la excepción de Falta de Acción, pero oficiosamente determinaron la incompetencia (de la justicia ordinaria) sin que nadie se los haya pedido, bajo el argumento de que en segunda instancia (ellos) pueden modificar la resolución de la jueza», dijo Echavarría.
En su criterio, los vocales admitieron los argumentos de su apelación, pero actuaron contrariamente «violando el principio de oficialidad, sin responder a los puntos de la apelación».
IP/RDC