Privados pueden importar su combustible para consumo propio

  • El Gobierno les recuerda la normativa para hacerlo.
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La Paz, Innovapress, 1 ago 2024.- El sector privado tiene la alternativa de importar sus productos refinados para consumo propio. Esto tiene como objetivo asegurar el cumplimiento de los estándares necesarios en una importación segura de carburantes demandados en el mercado interno, recordó el Despacho de Hidrocarburos.

La normativa, establecida en el marco de los Decretos Supremos N° 28419 y N° 4718, define los procedimientos para la autorización de importación de hidrocarburos y sus productos refinados.

Este marco regulatorio es esencial para asegurar que todos los actores involucrados cumplan con las normativas técnicas y legales necesarias, aclarando que los productos autorizados por la normativa precitada son diésel y gasolinas.

La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) hizo públicos los requisitos para que personas individuales, colectivas, nacionales, extranjeras, públicas, privadas o sociedades de economía mixta que soliciten la autorización de importación puedan incursionar en la internación de combustibles, garantizando un proceso transparente y riguroso. Además, se ha optimizado el tiempo para la otorgación de las autorizaciones, reduciendo el trámite de un año a entre 15 y 30 días.

Esta normativa tiene como objetivo fortalecer la regulación y el control sobre la importación de hidrocarburos, asegurando que solo las empresas que cumplan con todos los requisitos técnicos y legales puedan operar.

Este aspecto no solo mejora la seguridad y eficiencia en el sector, sino que también promueve una competencia justa y equitativa.

En ese contexto, el 19 de febrero de 2024, el Gobierno firmó un acuerdo con el empresariado privado nacional, acordando la realización de una ronda de negocios en la que participaron importadores, empresas azucareras, mineras, ferroviarias, granjas, cementeras, de ingeniería, entre otras, con proveedores de combustibles como Trafigura, Vitol, Copec, Montealegre, Novun y Latin Apio.

IP/RDC

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