El Gobierno defiende la soberanía del pueblo en el Referéndum, hasta el 31 se deberá dar el control de constitucionalidad de la consulta

  • No se prevé una reforma de la Constitución. El plebiscito se lo hace en función a lo que determina la Ley 026 de Régimen Electoral en su artículo 18.
Iván Lima ante los medios de prensa/ Cap Innovapress

La Paz, Innovapress, 21 ago 2024.- El Gobierno a través del ministro de Justicia, Iván Lima, defendió este miércoles la soberanía del pueblo expresado en el Referéndum previsto para el 1 de diciembre, asimismo, aclaró que hasta el 31 de este mes se deberá tener un fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) sobre el control de constitucionalidad de la consulta.

Según el ministro, a partir de las preguntas que remitió Arce al Tribunal Supremo Electoral (TSE) se inicia con los plazos determinados por la ley para cumplir con el curso del Referéndum.

“La Ley 026 (del Régimen Electoral) le permite al presidente Luis Arce poder convocar a un referéndum, hemos descartado la vía de la consulta al Tribunal Constitucional que podía llevarnos a una reforma parcial de la Constitución y hemos optado por el mecanismo de la Ley 026”, precisó.

Por ello, explicó que el artículo 18 de la Ley 026 fundamenta un principio constitucional.

“La Constitución Política de Bolivia en su artículo 7 señala que la soberanía reside en el pueblo boliviano y que se ejerce de forma directa y delegada. Cuando se ejerce de manera directa es a través del Referéndum en virtud del artículo 11 de nuestra Constitución”.

Por ello, señaló que las decisiones que se tomen en el Referéndum tendrán vigencia inmediata, obligatoria y vinculante.

¿Reforma?

Explicó que no se prevé una reforma de la Constitución Política del Estado (CPE) para tramitar este proceso.

No obstante, recordó que se presentó un procedimiento ante el TCP para que se pueda modificar de manera parcial la CPE; sin embargo, hasta la fecha no se dio una respuesta.

Lima indicó que el plazo para convocar al Referéndum es de 90 días, es decir, que para el 31 de agosto las preguntas deben estar aprobadas.

De acuerdo con la norma, el TSE tiene 72 horas para emitir el informe técnico sobre el alcance de las preguntas que propuso el Presidente. Después el TCP debe realizar el control de constitucionalidad.

“Este trámite tiene que ser terminado antes del 31 de agosto. No podemos excedernos de ese plazo. La fecha fatal que tenemos para que el Tribunal Supremo Electoral hable y el Tribunal Constitucional emita la sentencia es la próxima semana. El próximo sábado este procedimiento debe haber quedado concluido, porque la ley señala que este trámite previo debe concluir 90 días antes del día en el que se va a realizar el Referéndum”, anotó Lima.

Dijo que los textos formulados por Arce no son definitivos, sino que están sujetos al pronunciamiento del TSE y el TCP.

“La base legal que hemos utilizado se basa en el artículo 18 de la ley 26. No determina reforma constitucional y, de ser el caso que sea necesario un procedimiento de reforma, será posterior al 1 de diciembre”, apuntó.

También puedes ver: Luego de las preguntas del Referéndum, Luis Arce debe emitir el Decreto de Convocatoria

IP/RDC

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