Jurado que no cumpla con su rol tendrá una multa de Bs 1.250 y elector que no acuda a votar de Bs 250

  • Este domingo se publicarán las listas de los jurados electorales en medios de prensa escrita y en la página web del Órgano Electoral.
Los comicios judiciales será el 15 de diciembre/ arch

La Paz, Innovapress, 16 nov 2024.- El jurado electoral que no asista a su mesa de sufragio el día de las elecciones judiciales, 15 de diciembre, será pasible a la aplicación de una multa de Bs 1.250 y el elector que no acuda a cumplir con su obligación del voto de Bs 250.

“Jurado que no asista tiene una multa de 1.250 bolivianos y elector que no vaya a concurrir al voto, tiene una multa de 250 bolivianos”, informó el vocal Tahuichi Tahuichi.

“Tienen siete días para hacer su representación, hasta el siguiente viernes (22 de noviembre) vamos a publicar la lista oficial de los jurados”, precisó.

Las personas que se vean impedidas de ejercer como jurados de mesa de sufragio podrán tramitar sus excusas ante los Tribunales Electorales Departamentales (TED) correspondientes dentro del plazo que mencionó el vocal.

La lista de las personas sorteadas se publicará este domingo 17 de noviembre en medios impresos de circulación departamental, así como la información se actualizará en los sitios web de los TED y en la aplicación para dispositivos móviles Yo Participo. ¿Soy jurado electoral?.

Los tribunales electorales departamentales sortearon a 198.103 jurados para las 33.019 mesas de sufragio de las elecciones judiciales del 15 de diciembre de 2024.

Excusas

  • Las personas que fueron sorteadas para ser jurados electorales pueden excusarse de ejercer esa labor solo si cumplen alguna de las siguientes causales establecidas en la normativa electoral.

Enfermedad

  • Las personas deben presentar un certificado médico o una baja extendida por el seguro de salud del afiliado.
  • En caso de ser trabajador independiente, debe presentar un certificado médico expedido en el formulario autorizado por el Ministerio de Salud.
  • En el área rural, serán válidas las certificaciones expedidas por los profesionales de los centros de salud.

Estado de gravidez o embarazo

  • En este caso, la persona debe presentar un certificado médico o una fotocopia simple del certificado de atención prenatal.

Fuerza mayor o caso fortuito

  • Se considera causal de fuerza mayor los desastres naturales. En esa situación, se debe presentar fotocopia simple de publicaciones de prensa o certificaciones emitidas por autoridades públicas.
  • En situaciones fortuitas, como accidentes, se debe presentar certificado médico.
  • Por motivo de viaje, se presenta una fotocopia del pasaje, al interior o exterior del país, que justifiquen la ausencia el día de la votación. También se podrá presentar el pasaporte con sello de salida e ingreso u otro documento equivalente.
  • Cuando se trate de un cambio de destino laboral, se debe presentar un certificado emitido por la autoridad correspondiente o de la jefatura superior.

Ser candidato

  • En caso que un candidato haya sido sorteado como jurado, debe presentar un certificado emitido por el TSE o el respectivo TED.

El TSE recordó que la labor de los jurados es una “función obligatoria” y al mismo tiempo “es crucial para la transparencia del proceso electoral”, pues administrarán las mesas de sufragio y llenan las actas de escrutinio, para que luego se proceda al cómputo oficial.

Además, está vigente el “Reglamento de faltas y sanciones” que establece multas si el jurado electoral no asiste a cumplir sus funciones, de manera injustificada, o abandonó la mesa de sufragio.

También puedes ver: Judiciales: Los TDE procedieron al sorteo de 198.103 jurados electorales, conozca aquí si usted fue designado

IP/RDC

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