- Denunciarán a Rodríguez penalmente ante el Ministerio Público por desobediencia a resoluciones constitucionales.
La Paz, Innovapress, 19 nov 2024.- La bancada arcista del Movimiento Al Socialismo (MAS) en la Cámara de Diputados aclaró que Andrónico Rodríguez promulgó la Ley 075 que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró “nula” la sesión bicameral del 6 y 7 de junio.
“El TCP, en fecha 19 junio, emite un auto que explica que la Sala Plena, en aplicación del artículo 147 del Código Procesal Constitucional, evidencia en el trámite del presente recurso de nulidad, la existencia de una nulidad procesal, por su origen”, explicó la vicepresidenta de esa instancia camaral, Deysi Choque, en conferencia de prensa.
“En consecuencia, resultan nulos de pleno derecho todos los actos legislativos efectuados por la autoridad recurrida, Andrónico Rodríguez, presidente de la Cámara de Senadores, con posterioridad a su notificación”, aclaró.
Por su parte, el diputado Juan José Jáuregui, dijo que la promulgación de la Ley 075 ha sido un “show circense” que no tiene ningún valor jurídico. Añadió que Rodríguez cometió un delito penal al promulgar la norma por lo denunciará ante el Ministerio Público.
“Lo primero que corresponde es interponer una denuncia contra Andrónico con la tipificación de desobediencia a resoluciones constitucionales. La promulgación que ha hecho no tiene ningún efecto jurídico”, anotó.
Insistió en que la Ley 075 fue sancionada por la Asamblea Legislativa en una sesión que fue declarada nula por el TCP.
“El auto constitucional 0041 del 19 de junio, ha declaro que todo lo obrado en esa sesión irregular, anómala, inconstitucional, es nulo de pleno derecho, no hay ningún efecto porque se ha interpuesto un recurso directo de nulidad”, señaló.
Auto constitucional
A través del Auto Constitucional 0041/2024, del 19 de junio, dentro de un Recurso Directo de Nulidad (RDN), el TCP declaró nulos los actos aprobados en la sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional del 7 de junio, presidida por Rodríguez.
“La Sala Plena del TCP en aplicación del artículo 147 del Código Procesal Constitucional evidencia en el trámite del presente recurso directo de nulidad, la existencia de una nulidad procesal por origen; en consecuencia, resultan nulos de pleno derecho todos los actos legislativos efectuados por la autoridad recurrida, Andrónico Rodríguez Ledezma, Presidente de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional, con posterioridad a la notificación con el AC 0254/2024-CA de 6 de junio”, señala el ‘Por Tanto’ de la sentencia constitucional que fue notificada a las partes el 20 de junio de este año.
El 7 de junio, la ALP, convocada por Rodríguez, aprobó el proyecto de Ley 075 que cesa en el cargo a los magistrados prorrogados del Órgano Judicial.
“Los Magistrados y Consejeros del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura, conforme dispone la Constitución Política del Estado, cesarán en sus funciones el 2 de enero de 2024”, establecía el artículo 2 de la norma que el TCP, en su Sala Plena, la declaró nula.
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IP/RDC