El calendario electoral rumbo a las generales del 17 de agosto arranca el 2 de abril

  • Lo primero, el empadronamiento masivo y, la segunda quincena de mayo, la inscripción de candidatos.
Las elecciones generales se acercan, el calendario será lanzado el 2 de abril/ arch referencial

La Paz, Innovapress, 25 mar 2025.- El Órgano Electoral oficializó este martes que el calendario electoral rumbo a las justas electorales del 17 de agosto próximo será lanzado este 2 de abril con una serie de actividades que ya han sido establecidas, confirmó este martes, el vocal Tahuichi Tahuichi Quispe.

“El calendario -dijo- se va a oficializar el miércoles, es decir la siguiente semana vamos a estar arrancando con los preparativos para las elecciones. Nuestro calendario tiene poco más de 60 actividades (…) se viene el empadronamiento masivo durante 20 días, para todos aquellos jóvenes que van a cumplir 18 años entre el 18 de abril hasta el domingo 17 de agosto”.

Asimismo, se tiene previsto que, en la segunda quincena de mayo se proceda con la inscripción de los candidatos.

“Esto lo haremos -añadió- entre el 14 de mayo al 19 de mayo, son seis días para que todos los partidos políticos presenten sus planchas, ojo, mitad mujeres y varones”.

El vocal espera que el debate obligatorio se ejecute, sin embargo, no dio una fecha tentativa para ese efecto.

Además, Tahuichi dijo que este miércoles el Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobará la nueva cartografía electoral y será socializada desde el jueves. “Para que de esa manera todos los partidos políticos conozcan las nuevas delimitaciones”.

En tal sentido, señaló que, antes de la fecha, deberían estar aprobados los proyectos de ley para blindar los comicios y el desembolso económico del Órgano Ejecutivo para garantizarlos.

La primera ley garantiza la aplicación, efectividad y supremacía del principio de preclusión “para que ninguna autoridad pueda disponer la prórroga, suspensión, mutilación, parcelación o anulación del proceso electoral”.

La segunda se refiere a la incorporación de los vocales a la Ley 044 para garantizar su independencia; y la tercera ley determina que los fondos destinados al fortalecimiento de las organizaciones políticas no sean aplicables este 2025, a fin de destinar ese presupuesto a garantizar la Transmisión de Resultados Preliminares (TREP).

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IP/RDC

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