Fallos que atingen a Andrónico, con el MTS, y a Evo, con PAN-Bol deben ir a control de constitucionalidad

  • Además, que ninguna de las acciones puede retrotraer el calendario electoral, dejando en claro que la inscripción de candidaturas ya se cumplió y se debe respetar el principio de preclusión.
Evo Morales y Andrónico Rodríguez, otrora unidos, hoy rivales políticos/ arch referencial

La Paz, Innovapress, 27 may 2025.- Los fallos de dos salas constitucionales, una en Beni y otra en La Paz sobre el destino del Movimiento Tercer Sistema (MTS) que postula a Andrónico Rodríguez y del Partido Acción Nacional Boliviano (PAN-Bol) que promueve la candidatura de Evo Morales deben ir a control de constitucionalidad, coincidieron en explicar el vocal electoral Tahuichi Tahuichi Quispe y el ministro de Justicia, César Siles.

Ambos fallos constitucionales se refieren a las personalidades jurídicas de las dos organizaciones políticas y su intención de participar en las elecciones generales del 17 de agosto próximo. Se refieren a que no se habría cumplido con el cumplimiento de las renovaciones de sus directivas en las pasadas elecciones.

Tahuichi Quispe manifestó que el destino de ambas fuerzas políticas será definido por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), pese a que Ruth Nina, de PAN-Bol, y Morales aplaudieron las resoluciones sobre el partido y que Rodríguez rechazó la determinación judicial sobre el MTS.

Explicó que ambos fallos serán remitidos al TCP y será esta instancia la que ratifique o rechace las determinaciones. “Ahí tendrán la última palabra”, manifestó Tahuichi Quispe

Sin embargo, el vocal se refirió nuevamente a la “injerencia” de otras instancias en procesos que son de competencia del Órgano Electoral Plurinacional (OEP) y precisó que esta situación se debe a “un solo artículo de la Constitución”, que establece que las decisiones y sentencias del TCP son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio. 

Además, se refirió a la falta de aprobación de las normas electorales en la Asamblea Legislativa, entre las que nombró el principio de preclusión y la inclusión de los vocales del TSE a la Ley 044 de juicios de responsabilidades.

Justicia

En coincidencia, el ministro de Justicia, César Siles, indicó que las acciones constitucionales del Beni, para el MTS y de La Paz, para PAN-Bol, deben pasar a revisión del Constitucional, además que ninguna de las acciones puede retrotraer el calendario electoral, dejando en claro que la inscripción de candidaturas ya se cumplió y se debe respetar el principio de preclusión.

“Estos dos fallos dictados, tato en Beni, como en La Paz son sujetos de revisión por el Tribunal Constitucional, recordar que el Código Procesal Constitucional, claramente establecen la revisión de ambos fallos (…) El comunicado que emitió el viernes el Tribunal Constitucional asumiendo tres directrices y compromisos, el primer compromiso es el respeto del principio de preclusión, que en ningún caso el Tribunal Constitucional, estas acciones puedan alterar el calendario electoral”, manifestó Siles en conferencia de prensa.

Djo que está en manos del TSE emitir o no una nueva resolución sobre la personería jurídica de PAN-Bol.

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IP/RDC

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