-Entre tanto, gremios de la prensa se declararon en estado de emergencia porque el proyecto de ley vulnera la libertad de prensa y expresión, además del secreto de fuente.
Innovapress, 19 sep 2021.- La Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) explicó que el proyecto de Ley Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas, Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva o no Convencionales, no afecta la libertad de expresión, la labor de expresión y prensa, no incurre en censura, menos viola la Constitución.
“La Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) manifiesta enfáticamente que el Proyecto de Ley Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas, Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva o no Convencionales, no vulnera la Constitución Política del Estado, ni contiene disposiciones que afecten la libertad de expresión, la labor periodística, ni incurre en censura previa”, señala la institución que regula las transacciones y movimientos financieros dependiente del Ministerio de Economía.
Agrega que el proyecto de ley no contempla en ninguno de sus artículos que la UIF pueda solicitar que se levante la confidencialidad de reserva de fuentes a periodistas, quienes no tienen el deber de informar, ni mucho menos son sujetos obligados ante la UIF, ya que sus actividades no están vinculadas a la intermediación financiera, mercado de valores, seguros, compra y venta de divisas y otros previstos en la propuesta, ni leyes en actual vigencia.
Entre tanto, la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANP) y la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP) exteriorizaron el sábado un pronunciamiento en el que aseguran que el Artículo 11 del mencionado proyecto vulneraría sus derechos de reserva de información.
El Artículo 333 de la Constitución Política del Estado (CPE) dispone que las operaciones financieras realizadas por personas naturales o jurídicas, bolivianas o extranjeras, gozarán del derecho de confidencialidad, salvo en los procesos judiciales, en los casos en que se presuma comisión de delitos financieros, en los que se investiguen fortunas y los demás definidos por la ley.
Para los gremios de la prensa, el artículo 11 del referido proyecto que elimina el secreto profesional a solo requerimiento de la UIF dentro sus facultades de investigar el patrimonio de las personas sean públicas o privadas.
Advierte que dicho artículo, vulnera la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el artículo 107 de la Constitución Política del Estado, que instruye la regulación de la actividad periodística según la norma sectorial, que es la Ley de Imprenta, y el artículo 8 de la misma Ley de Imprenta, que expresa que “el secreto en materia de imprenta es inviolable”.
“Debe aclararse que el Artículo 11 del Proyecto de Ley, antes citado, es aplicable solo y exclusivamente a los denominados SUJETOS OBLIGADOS y aquellos que tienen el deber de informar en virtud a las actividades que desarrollan; entre los cuales no se encuentran periodistas ni medios de comunicación”, menciona la UIF.
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