Propietarios de surtidores de combustible se declaran en emergencia ante normas regulatorias y el DS 4910

-La Resolución 11/2023 faculta a la ANH la intervención de estaciones de servicio.

Una estación de servicio en Cochabamba afiliada a Asosur/ archivo referencial

La Paz, Santa Cruz, Innovapress, 27 abr 2023.- La Asociación Nacional de Comercializadores Privados de Hidrocarburos (Asosur) se declaró en estado de emergencia ante normas regulatorias recientemente aprobadas por el Ejecutivo y la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) que afectan al sector como el reciente decreto supremo 4910 que instaura medidas severas en el expendio de combustibles y la resolución administrativa 11/2023 que faculta una intervención a los surtidores.

“La Asociación Nacional de Comercializadores Privados de Hidrocarburos – Asosur Nacional -, nos declaramos en estado de emergencia ante la promulgación del Decreto Supremo 4910 y las Resoluciones Administrativas que lo reglamentan, toda vez que ponen en riesgo nuestras inversiones, exponiéndonos al peligro de ser intervenidos y ser expulsados de nuestras propias instalaciones”, refiere Asosur.

Ese asociativo argumenta que no se opone a la lucha contra el contrabando, pero no están de acuerdo con que se vulneren sus derechos ni que les impongan obligaciones y responsabilidades que son propias del ente regulador como la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y del Ministerio de Hidrocarburos y Energías en cuanto a la elaboración de las normas.

“Respetamos la lucha contra el contrabando, pero no que se vulneren nuestros derechos ni aceptamos que se nos impongan obligaciones y responsabilidades que son propias del ente regulador y las autoridades llamadas por ley para luchar contra el flagelo del contrabando”, añade.

Rechazo a la Resolución de la ANH

Asimismo, los propietarios de surtidores están en contra de la Resolución 11/2023 que faculta al ente regulador la intervención preventiva de estaciones de servicio que pongan en riesgo la continuidad y la normal atención del servicio de provisión de diésel y gasolina en el mercado interno.

El Reglamento de Intervención Preventiva de Empresas Reguladas, aprobado por la entidad reguladora a través de la Resolución Administrativa 11/2023 establece cinco causales de intervención: cuando la licencia de operación no haya sido renovada, por causas atribuibles a la empresa regulada:

Cuando la empresa regulada haya cesado operaciones sin autorización del ente regulador; cuando la empresa regulada no pueda acreditar a un representante legal; cuando de acuerdo a normativa vigente, como resultado de la comisión de delitos penales, la empresa se encuentre imposibilitada de seguir operando y no exista impedimento para que la ANH disponga la intervención preventiva; y cuando como resultado de la denuncia del usuario o consumidor final se haya verificado fehacientemente que la atención de la empresa regulada pone en riesgo la provisión y normal servicio.

Para ello, se definió un periodo de ejecución de la intervención será de hasta un año calendario, plazo que puede ser prorrogado. Los gastos generados por el proceso serán cubiertos con recursos del flujo de caja de la empresa intervenida.

“Esta resolución administrativa pone en riesgo la inversión privada, puesto que indica que el Estado se hará cargo de la administración de la estación de servicio, es algo que no vamos a poder cumplir”, dijo Diego Ferrufino, presidente de Asosur.

Este miércoles la Asosur se reunió con el director ejecutivo de la ANH, Germán Jiménez, y el viceministro de Industrialización, Comercialización, Transporte y Almacenaje de Hidrocarburos, William Donaire, para exponer su posición.

“Nos ha puesto en un estado de emergencia a nivel nacional, por la magnitud del daño que va a causar a nuestras inversiones privadas», recordó Ferrufino.

Insistió en que las estaciones de servicio del país han visto afectadas sus operaciones por una serie de resoluciones y decretos que cambiaron la comercialización de carburantes a la población.

IP/RDC

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