Inicia la recepción de documentos en el edificio de la Revolución en La Paz para el Defensor del Pueblo

-Desde este viernes los aspirantes deben aproximarse hasta ese inmueble sobre la calle Ayacucho casi Comercio en La Paz. El plazo se extiende por 15 días incluidos, sábados, domingos y feriados. Conozca los requisitos.

La Comisión Mixta del Legislativo se apresta a recibir los documentos y requisitos de los postulantes a Defensor del Pueblo/ Foto: Senado

La Paz, Innovapress, 17 mar 2022.- Este viernes 17 inicia la recepción de documentos de los ciudadanos interesados en terciar al cargo de Defensor del Pueblo hasta el 31 de marzo, toda la documentación deberá ser foliada y entregada a la secretaría de la Comisión Mixta de Constitución, Legislación y Sistema Electoral.

La recepción de la documentación se hará en el Palacio de la Revolución, de lunes a viernes de 08h00 a 18h00 incluidos sábados, domingos y feriados hasta el mediodía, el tiempo de recepción es de 15 días calendario.

En la evaluación, esa instancia legislativa trabajará por tiempo y materia. La apertura de la inscripción estará supervisada por un notario de fe pública.

El Defensor del Pueblo ejerce funciones por un periodo de seis años, sin posibilidad a una segunda designación, según la Constitución Política del Estado.

El presidente de la Comisión Mixta de Constitución, Rubén Gutiérrez (MAS), informó que la recepción tuvo un retraso hasta este viernes, debido a pormenores en la publicación de la convocatoria en medios escritos de circulación nacional.

Luego que concluya el proceso de inscripción, la Comisión Mixta tendrá hasta seis días para revisar el cumplimiento de los requisitos.

Una vez que se tenga la lista de los candidatos a Defensor del Pueblo inscritos, se abrirá la fase de impugnaciones por un lapso de cuatro días, según el cronograma establecido, acotó el senador.

Requisitos

  • Ser de nacionalidad boliviana.
  • Tener treinta (30) años de edad, cumplidos al momento de su designación.
  • Tratándose de hombres, haber cumplido los deberes militares.
  • No tener pliego de cargo ejecutoriado o sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, pendientes de cumplimiento.
  • No estar comprendida o comprendido en los casos de prohibición o incompatibilidad establecidas en la Constitución Política del Estado.
  • Estar inscrita o inscrito en el Padrón Electoral.
  • Hablar al menos dos (2) idiomas oficiales del Estado.
  • No tener ningún grado de parentesco dentro del tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, con miembros de la Asamblea Legislativa Plurinacional, con las autoridades jerárquicas de los Órganos del Estado o con la Presidenta o el Presidente del Estado Plurinacional.
  • Contar con probada integridad personal y ética, determinada a través de la observancia pública.
  • Tener reconocida trayectoria en la defensa de los derechos humanos.
  • No haber sido sentenciado por delitos ni sancionado por faltas referidas a la violencia contra la mujer, violencia contra niñas, niños o adolescentes, trata y tráfico de personas o cualquier delito comprendido en la Ley de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas.

IP/MP

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