- La jueza de sentencia penal del Tribunal Departamental de Cochabamba, actuó “al margen de todo orden constitucional” al asumir conocimiento de una acción de libertad presentada por la senadora Lucy Sara Escobar “en representación sin mandato” de Andrónico Rodríguez.
La Paz, Innovapress, 24 jun 2024.- El vicepresidente y presidente nato de la Asamblea Legislativa, David Choquehuanca, restó importancia este lunes a la resolución de la jueza de garantías de Cochabamba, Silvia Clara Zurita, que dio un plazo de 72 horas para que convoque al pleno y validar la sesión del 6 de junio que presidió Andrónico Rodríguez, presidente del Senado. Carece de competencia, señala Vicepresidencia.
“En un desarrollo irregular, la Juez de Sentencia Penal No. 6, durante la audiencia, admitió una ampliación de la Acción de Defensa en contra del presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional (David Choquehuanca), sin que éste haya sido notificado previamente”, consigna un comunicado de Vicepresidencia.
De acuerdo con la valoración del Despacho de Choquehuanca, la juez de sentencia penal No. 6, del Tribunal Departamental de Cochabamba, Silvia Clara Zurita, actuó “al margen de todo orden constitucional” al asumir conocimiento de una acción de libertad presentada por la senadora Lucy Sara Escobar “en representación sin mandato” de Andrónico Rodríguez, presidente del Senado.
La jueza de Cochabamba conminó a que Choquehuanca convoque a sesión de Asamblea “a fin de garantizar la validez constitucional de las actuaciones cuestionadas”, “para evitar actos de intromisión” de atribuciones.
Determinó a que se vuelvan a abordar los temas que estuvieron en la agenda de la sesión del 6 de junio, en la que se sancionó el proyecto de ley 075 de cese de magistrados autoprorrogados del Órgano Judicial y el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
“Esta decisión ha dejado al Órgano Legislativo en una situación de absoluta indefensión en la referida Acción de Defensa, al desconocer los términos y argumentos presentados por la parte accionante, vulnerando así la garantía constitucional y convencional del derecho a la defensa”, añade Vicepresidencia.
De acuerdo con la Presidencia del Legislativo, la situación resulta jurídicamente incoherente y excede la razonabilidad jurisdiccional cuando se ordena a Choquehuanca convocar a la Asamblea Legislativa Plurinacional en un plazo de 72 horas.
“Tal orden carece de fundamento competencial, ya que no tiene la facultad de disponer el ejercicio de atribuciones de otro Órgano del Estado, en clara contravención a la Constitución Política del Estado y la jurisprudencia establecida por el Tribunal Constitucional Plurinacional”, agrega el comunicado de Vicepresidencia.
IP/RDC