- De inmediato irá a la Comisión de Constitución para considerar las sugerencias de la Cámara Alta. La norma no dicta de por sí un Estado de excepción, sino que regula su carácter jurídico.

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La Paz, Innovapress, 5 jun 2026.- En sesión presencial y virtual, el pleno de la Cámara de Diputados agendó para este sábado (06.06.2026) el tratamiento del proyecto de Ley de Regulación de los Estados de Excepción luego que su par de la Cámara de Senadores la aprobara en grande y en detalle.
Según la previsión legislativa, la norma de 26 artículos será remitida de inmediato a la Comisión de Constitución que la analizará.
El proyecto de ley de 27 artículos y una disposición transitoria define las atribuciones de la Policía y las Fuerzas Armadas, además de establecer protocolos estrictos para el arresto, aprehensión y resguardo de derechos y garantías fundamentales.
La convocatoria a la 125ª Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados incluye como segundo punto del orden del día el tratamiento del “Proyecto de Ley C.S. N.º 161/2025-2026, Ley de Regulación de Estados de Excepción”.
En caso de que los diputados aprueben el texto sin modificaciones, la ley quedará sancionada por la Asamblea Legislativa Plurinacional y será remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación. En caso de que se introduzcan cambios al articulado, el proyecto vuelve al Senado para revisión.
La norma establece que el estado de excepción es un régimen jurídico extraordinario y temporal que puede ser declarado por el Presidente del Estado para preservar el orden constitucional y la seguridad nacional ante situaciones de amenaza externa, conmoción interna o desastres naturales.
La norma regula el marco jurídico para una eventual declaratoria de Estado de excepción que deberá realizarse mediante decreto supremo y, posteriormente, sometida al control de la Asamblea Legislativa, que tendrá un plazo de hasta 72 horas para aprobarla o rechazarla.
El senador Manuel Ormachea (Libre) explicó que la norma únicamente regula el procedimiento y no activa ninguna medida extraordinaria.
“Es absolutamente falso que con la aprobación de esta ley se esté dictando un estado de excepción”, apuntó.
Asimismo, recordó que la Constitución ya otorga al Presidente la facultad de decretar un estado de excepción cuando las circunstancias lo requieran, aunque destacó que la nueva ley permitirá contar con reglas más precisas para su aplicación.
En criterio del legislador, la normativa fortalece las garantías institucionales al establecer procedimientos, límites y controles que deberán respetarse en caso de una eventual declaratoria.
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