Jeanine Áñez condenada a 10 años de cárcel en Miraflores

-Se dio lectura a la Resolución y se fijó audiencia de lectura de sentencia para el 15 de junio a las 15.00. Junto con Áñez, Williams Kalimán y Yuri Calderón (prófugos) también recibieron similar decisión. En los alegatos ella se declaró inocente al igual que los militares Flavio Arce y Pastor Mendieta.

Jeanine Áñez condenada a presidio hasta el 10 de junio de 2032 en Miraflores/ Agencias

La Paz, Innovapress, 10 jun 2022.- La expresidenta Jeanine Áñez fue condenada la noche de este viernes a 10 años de cárcel, hasta el 10 de junio de 2032, por los delitos de Resoluciones Contrarias a la Constitución y las Leyes e Incumplimiento de Deberes en el penal femenino de Miraflores de La Paz en el caso denominado Golpe de Estado II.

El Tribunal dio lectura a la Resolución y fijó audiencia de lectura de sentencia para el 15 de junio a las 15.00 conminando a las partes a su concurrencia. La decisión del Tribunal fue en aplicación del artículo 361 parágrafo II del Código de Procedimiento Penal.

“Por tanto el Tribunal de Sentencia Penal Anticorrupción administrando justicia a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia en virtud a la jurisdicción ordinaria que por ley ejerce, por voto unánime de sus integrantes falla y declara sentencia condenatoria de los acusados Williams Carlos Kalimán Romero, Vladimir Yuri Calderón Mariscal, Jeanine Áñez Chávez de los delitos de Resoluciones Contrarias a la Constitución y a las Leyes artículo 153 e Incumplimiento de Deberes del Código Penal artículo 154 en aplicación del artículo 365 del Código de Procedimiento Penal porque la prueba ha sido suficiente en generar la convicción sobre su participación en la responsabilidad penal condenándolos a la pena privativa de libertad de 10 años a cumplir en el Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz y en el Centro de Orientación Femenino de Miraflores a partir de la fecha hasta el 10 de junio de 2032 misma que será ejecutada a partir de su detención”, consigna la Resolución.

Para Jorge Elmer Fernández Toranzo, Sergio Orellana por Incumplimiento de Deberes a 4 años en San Pedro.

Para Jorge Pastor Mendieta Ferrufino por Incumplimiento de Deberes a 3 años en San Pedro.

Para Flavio Gustavo Arce San Martín por Incumplimiento de Deberes a 2 años en San Pedro.

Durante el día, el Tribunal continuó con la fase de alegatos con las dos últimas intervenciones en el penal de San Pedro en el caso de los exjefes militares Flavio Arce San Martín, de la Armada y de Pastor Mendieta, del Ejército quienes expusieron que Williams Kalimán, excomandante en jefe de las Fuerzas Armadas, es el único responsable de las órdenes emitidas los días previos a la asunción de Áñez.

Alegatos de Áñez

En horas de la mañana en el penal de Miraflores, Jeanine Áñez en el uso de la defensa se declaró inocente.

Afirmó si bien tuvo el Gobierno, “nunca tuvo el poder”, ya que estaba limitada por la Asamblea Legislativa que estaba en manos del MAS y porque su gobierno fue de transición. Sin embargo, admitió que quería llegar a la Presidencia. “Yo no tenía ambición de llegar a la presidencia”, estableció,

“Me han acusado por delitos que no he cometido, inventados, solo por gusto al poder político”, añadió.

“Bolivia sabe que esos delitos no los he cometido. Bolivia sabe que fui una consecuencia de todo lo que sucedió el 2019. Aquel que cometió incumplimiento a la Constitución, irrespetando hasta un referendo, está feliz y libre haciendo política. Para él hay impunidad. Esa es la justicia que tenemos en Bolivia”, señaló.

“Qué pasó en 2019. Ocurrió una cadena de renuncias, pero no contaban que una segunda vicepresidenta de Senadores era una miembro de la oposición, una mujer que no siguió esa cadena de renuncias como había instruido Evo Morales que cobardemente huyó hasta México, pidiendo asilo político”, acotó.

Lamentó que el Tribunal excluyó sus pruebas y que le dejaron prácticamente sin defensa. Insistió en un caso de corte o juicio de responsabilidades y “no un juicio político”.

Al final se aferró a la “justicia divina” para que sea la que en definitiva juzgue lo sucedido.

IP/MP

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