Pedro Callisaya asumirá en el cargo de Defensor del Pueblo en sesión de Asamblea Legislativa (entrevista)

-El diputado Juan José Jauregui, quien planteó el cambio del orden del día, recomienda que la orientación que deberá asumir Callisaya es el apego a la Constitución. Califica de ‘vergonzosa’ la ausencia de la oposición.

Pedro Callisaya Aro, asumirá el cargo de defensor del Pueblo en sesión de Asamblea/ Gentileza

Por Marcelo J. Padilla A.

La Paz, Innovapress, 24 sep 2022.- Pedro Callisaya asumirá la Defensoría del Pueblo en sesión ordinaria de la Asamblea Legislativa y aunque no existe fecha para la imposición de la alta investidura, la convocatoria se la deberá hacer con antelación, explica el presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, Juan José Jauregui (MAS) quien propuso el cambio del orden del día del viernes.

El oficialista califica de “vergonzosa” la irresponsabilidad de la oposición al presentar solicitudes de permiso y estar ausentes de sus labores en la que el MAS aprovechó para elegir a la nueva autoridad defensorial.

Jauregui defiende la legalidad del procedimiento y la elección de Callisaya porque se sujeta a lo que determina la Constitución Política del Estado en su artículo 220, esta la entrevista que ofreció a Innovapress.

-¿Tras la elección del Defensor, qué es lo que procede?

-Se deberá realizar a una convocatoria a sesión de Asamblea Legislativa para proceder con la posesión del nuevo Defensor del Pueblo que ha sido designado. Dentro del procedimiento no existe un tiempo establecido para la posesión, pero el juramento será en sesión de Asamblea.

-¿La oposición califica de ilegal la designación de Callisaya?

-No entendemos cuál fuese la ilegalidad, se ha procedido a realizar una convocatoria y sesión de Asamblea con dos puntos en el orden del día: la reconsideración de un proyecto de ley referido a un procedimiento laboral y, el otro; la reconsideración con relación a observaciones a una transferencia de predios, pero eso no imposibilitó de que tenga que activarse el artículo 76 del Reglamento de Debates de la Cámara de Diputados habida cuenta que siendo esta una sesión ordinaria faculta la posibilidad de que un diputado o un senador pueda solicitar la alternación del orden del día en estricta aplicación de este artículo y eso es lo que ha sucedido, mi persona ha solicitado la alteración del orden del día, ha sido objeto de consulta, ha tenido el respaldo de cinco diputados y se ha procedido con la votación para que se pueda alterar el orden del día e incorporar como el primer punto la designación del Defensor del Pueblo y el proceso de elección ha estado apegado al artículo 220 de la Constitución Política del Estado que señala que el Defensor del Pueblo será designado por dos tercios de los miembros presentes y los miembros presentes han estado en una cantidad de 121 asambleístas número que posibilita contar con el quorum reglamentario, en consecuencia se instaló una sesión donde se ha cumplido el formalismo y tenemos un Defensor del Pueblo que conforme al número de los 121 legisladores simplemente se necesitaba 81 asambleístas que respalden la postulación del señor Callisaya y el viernes se ha alcanzado 95 votos en consecuencia se ha superado más allá de los dos tercios razón por la cual nosotros consideramos inapropiada e inconsistente la postura de la oposición.

Juan José Jauregui, presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara Baja/ archivo digital

-¿Cómo califica la ausencia de la oposición?

-De vergonzosa, una muestra de su irresponsabilidad de su poco compromiso con el país, creo que la población debe conocer que el bloque de oposición a título de afirmar que estaban asistiendo a la efeméride departamental de Santa Cruz, ya se ausentaron desde el día miércoles. La efeméride es el 24 de septiembre y no el 23 eso no es otra cosa que demostrar la poca responsabilidad con la que trabaja el bloque de oposición.

Debo informar que han sido 30 asambleístas de oposición que han solicitado licencia unos señalando reuniones, otros, con atención médica, todas excusas para no estar presentes en el trabajo de la Asamblea Legislativa. El artículo 69 del Reglamento de Debates de la Cámara de Diputados es muy clara en su redacción cuando señala que el trabajo de sesiones ordinarias estará entre los días lunes y viernes, entonces ellos conocían que podía instalarse una sesión de Asamblea el viernes, pero también que existía la posibilidad de solicitar la alteración del orden del día habida cuenta que es una posibilidad que faculta el Reglamentos de Debates.

-¿La oposición señala que Callisaya es un defensor del MAS y no un Defensor del Pueblo, cuál deberá ser la línea y orientación de la nueva autoridad defensorial?

-Cumplir la Constitución Política del Estado, ser la autoridad que se encargue de proteger y promocionar los derechos humanos de las bolivianas y los bolivianos, sin realizar ningún tipo de distinciones en función de credo religioso o en función de posición política y nosotros creemos que Callisaya va a desempeñar una labor importante y seguramente demostrará al bloque de oposición que no es conforme a las aseveraciones que está señalando, posiciones políticas poco consistentes. El señor Callisaya en su momento certificó que no tiene ninguna posición política con ninguna organización política y que en los últimos ocho años no fue candidato ni autoridad del Gobierno central, ni de entidades territoriales autónomas, en consecuencia, ha cumplido con los requisitos del reglamento que fue aprobado por consenso de las tres fuerzas políticas al interior de la Asamblea Legislativa.

-¿Ya era suficiente la continuidad de Nadia Cruz como interina y urgía un titular en la Defensoría del Pueblo, por eso sorprendió con el planteamiento?

-Lo que he señalado el viernes es que la Constitución Política del Estado señala que existen dos entidades que se encargan de la protección de la sociedad, una de estas es el Ministerio Público que tiene como facultad la defensa de la sociedad, la otra institución es la Defensoría del Pueblo, el persistir en seguir bloqueando la elección del Defensor del Pueblo estaba generando vulneración a los derechos de las bolivianas y los bolivianos, es decir, se estaba cercenando derechos, en consecuencia correspondía, corresponde dar cumplimiento a la Resolución 178 de la Sala Constitucional Cuarta de la ciudad de La Paz que en su parte resolutiva exhorta al Vicepresidente del Estado pueda convocar de manera inmediata a una sesión para designar al Defensor del Pueblo y lo que hemos hecho es simplemente dar cumplimiento a esta resolución de un tribunal de garantías y vuelvo a reiterar que ya era demasiado el tiempo que ha transitado para que Nadia Cruz pueda permanecer en la responsabilidad de la Defensoría del Pueblo. El pueblo boliviano estaba reclamando que se designe una persona que sustituya a la ciudadana Cruz.

IP/MP

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