- El TSE denunció a un juez por admitir un recurso, sin que corresponda, atentando contra el principio de preclusión.

La Paz, Innovapress, 20 ene 2026.- El presidente del Órgano Electoral Plurinacional (OEP), Gustavo Ávila, informó este martes que Acción Democrática Nacionalista (ADN) está fuera de la carrera electoral, pese a los recursos que interponga ante los estrados judiciales. Esa fuerza política no alcanzó el mínimo requerido de al menos el 3% de la votación en los últimos comicios generales.
La principal autoridad electoral reafirmó que ninguna organización política que no cumpla la ley podrá participar en las elecciones subnacionales de 2026. Subrayó que el calendario electoral avanza y que la entidad rectora de la democracia hará respetar las normas, sin permitir vulneraciones al principio de preclusión.
Ávila recordó que ADN perdió su personería jurídica y que a pesar los recursos presentados, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ordenó hace diez días que el TSE continúe con la cancelación de la personería, lo que deja a ADN y sus alianzas fuera del proceso electoral.
“Un partido que no tenga el 3% debe perder la personería jurídica y vamos a hacer respetar ese principio”, enfatizó Ávila, al señalar que todos los actores políticos deben cumplir las mismas reglas. Añadió que no se puede permitir que una organización sin personería participe junto a otras que sí cumplen los requisitos.
Recurso
Ávila elevó una denuncia formal al Consejo de la Magistratura contra el juez del Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primero de Cuatro Cañadas (Santa Cruz), por haber admitido una acción de amparo constitucional que buscó frenar la cancelación de la personería jurídica de ADN, pese a no tener competencia territorial ni electoral.
Esa actuación -según el OEP- pone en riesgo el principio de preclusión y el normal desarrollo de las elecciones subnacionales previstas para marzo de 2026.
En el memorial remitido al Consejo de la Magistratura, Ávila expone que el juzgado de Cuatro Cañadas admitió y pretende conocer una acción de amparo constitucional interpuesta por un ciudadano contra la Sala Plena del TSE en abierta contradicción con las reglas constitucionales y legales de competencia territorial.
El presidente del OEP planteó una declinatoria de competencia con carácter previo, advirtiendo de manera expresa al juez que insistir en el conocimiento del caso daría lugar a la activación de acciones legales y disciplinarias.
El fallo del TSE también alcanza a las agrupaciones Nacionalidades Autónomas por el Cambio y Empoderamiento Democrático (Nacer) y Pando Somos Todos (PST), que participaron en alianza con ADN en los comicios de 2025 y que, al no haber superado el umbral legal, quedan igualmente fuera del escenario electoral subnacional.
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