La Paz, 19 de abril de 2024
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El MAS con vía libre para terciar en las elecciones del 18 de octubre, el TCP se pronunciará el 30 de octubre

-El órgano de control de constitucionalidad admitió la demanda de consulta que elevó el TSE sobre la personería y sigla del partido en cuestión por presuntamente vulnerar el artículo 136 III de la Ley de Régimen Electoral.

El tela de juicio la sigla y personería del MAS Foto: Internet

Innovapress, 30 sep 2020.- La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió la resolución 025/2020, elevada de oficio por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) que consulta la constitucionalidad del artículo 136 III de la Ley de Régimen Electoral, ahora se tienen 30 días calendario para pronunciarse, plazo que vence el 30 de octubre tras las elecciones generales.

En tal efecto, el TCP no se pronunciará sobre la eliminación o no de la personería jurídica del Movimiento Al Socialismo (MAS) antes de las elecciones del 18 de octubre.

Esta admisión de la consulta del TSE fue puesta en conocimiento de la presidenta de la Asamblea Legislativa, Eva Copa, a quien se la remitió para que, como máxima autoridad de Órgano Legislativo presente en el plazo de 15 días “su apersonamiento y formulación de alegatos que considere necesarios”.

El TCP rechazó la acción de inconstitucionalidad presentada por el MAS contra el artículo 136 III de la Ley de Régimen Electoral, que establece que las organizaciones políticas que difundan resultados de estudios de opinión en materia electoral, por cualquier medio, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica.

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal de Justicia de La Paz admitió el recurso de acción de cumplimiento que obliga al TSE a que anule la sigla del Movimiento Al Socialismo (MAS) por la difusión de una encuesta fuera de norma en julio pasado, informó Jorge Tamayo, abogado de la senadora Carmen Eva González.

“Tras la admisión de la demanda vamos a obligar, mediante una resolución constitucional, a que el Tribunal Supremo Electoral cumpla la Constitución y cumpla la Ley 026 (de Régimen Electoral) en su artículo 136 e inhabilite la candidatura del señor Luis Arce Catacora”, declaró Tamayo.

En agosto, el MAS interpuso ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 136 de la Ley de Régimen Electoral, que señala que “las organizaciones políticas que difundan resultados de estudios de opinión en materia electoral, por cualquier medio, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica”.

El jurista precisó que la audiencia de consideración del recurso de cumplimiento fue fijada el próximo 5 de octubre.

El 8 de agosto, el TSE determinó que sea el TCP la instancia que defina si corresponde o no una sanción electoral en contra de Arce.

La Sala Plena del Órgano Electoral ya señaló que esperará el fallo del TCP para emitir su propia resolución en contra del MAS, Creemos y Comunidad Ciudadana. IP/MP

Después, el TSE recibió otras tres denuncias por el mismo motivo en contra de Comunidad Ciudadana, de Carlos Mesa, Creemos de Luis Fernando Camacho y la disuelta alianza Juntos, liderada por la presidenta Jeanine Añez. MP/IP

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