La Paz, 20 de mayo de 2024
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Sólo 29 contribuyentes se registraron para el pago del Impuesto a las Grandes Fortunas

-Este 31 de marzo vence el plazo para cumplir con este tributo, recuerda la administración tributaria.

El SIN en Santa Cruz/ Foto: SIN

Innovapress, 29 mar 2021.- A la fecha solo 29 contribuyentes se han registrado para cumplir con el pago del Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF) informó el presidente del Servicio de Impuesto Internos (SIN), Mario Cazón.

“Estamos esperando que ellos (las personas naturales residentes en el país) paguen el impuesto de forma voluntaria hasta el 31 de este mes de marzo. Hasta el momento sólo 29 personas se han inscrito”, expresó la autoridad.

El IGF alcanza y deben pagarlo las personas naturales residentes en el país, con una fortuna neta acumulada situada o colocada en el territorio nacional y/o en el exterior mayor 30 millones para ese efecto, la entidad recaudadora ya tiene la investigación fiscal correspondiente sobre qué personas naturales deben pagar este nuevo impuesto.

Por su parte, el viceministro de Política Tributaria, Jhonny Morales, ratificó que aquellas personas que cuentan con una riqueza por encima de los 30 millones de bolivianos tienen hasta el 31 de marzo para registrarse y pagar el IGF, caso contrario, serán sancionados como establecen las normas tributarias.

“Hay un plazo que tenemos hasta el 31 de marzo (…) esperemos que los últimos días de marzo vayan llegando las declaraciones de este impuesto por parte de las personas que en el país tengan un patrimonio por encima de los 30 millones de bolivianos”, expresó

En caso de que no se registren y tampoco paguen, las personas que tengan esas fortunas serán sancionadas con el 200% de pago del tributo omitido. Según el artículo 15 de la Ley 1357, la multa por incumplir el pago del IGF es equivalente al 200% del tributo omitido.

Se calcula que en el país hay unas 152 personas que tienen sus riquezas por encima del monto establecido en la Ley 1357, pero con lo establecido en la norma, se espera superar ese número.

Se considera residentes a todas las personas nacionales o extranjeras que permanezcan más de 183 días en territorio nacional, en forma continua o discontinua, en un año.

Además, en la etapa de ejecución tributaria perderán el carácter reservado de la información, “pudiendo la Administración Tributaria requerir el pago de la deuda tributaria mediante publicación efectuada por cualquier medio de comunicación”.

Por otra parte, las personas nacionales o extranjeras que no residen en el país, pero poseen en Bolivia una fortuna neta mayor de Bs 30 millones, deben pagar el IGF hasta el 30 de abril de 2021.

De acuerdo con el artículo 9 del Decreto Supremo 4436, cuando el IGF se pague desde el exterior, el contribuyente determinará y abonará en dólares estadounidenses a la cuenta habilitada para el efecto por el SIN.

Mario Cazón expresó que las sociedades comerciales, cooperativas, sociedades anónimas mixtas, empresas públicas, entre otras con personería jurídica, no pagan el IGF. Tampoco están alcanzadas por este impuesto las personas naturales con una fortuna neta acumulada igual o menor a Bs 30 millones.

Para registrase en el IGF, el contribuyente debe ingresar en la página web www.impuestos.gob.bo, “Oficina Virtual”, opción “Sistema Integrado de la Administración Tributaria” (SIAT) y después a “Registro Impuesto a las Grandes Fortunas”.

El SIN puso en vigencia el Formulario 330 de Inscripción o Registro en el IGF y el Formulario 022 Impuesto a las Grandes Fortunas-Personas Naturales Residentes y su Boleta de Pago 1022.

Además del Formulario 023 Impuesto a las Grandes Fortunas-Personas Naturales No Residentes y su Boleta de Pago 1023 y los Anexos Complementarios de la Declaración Jurada del IGF.

IP/MP

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