EEUU deniega moción de Goni y de Sánchez Berzaín por caso “octubre negro”

-Ambos volvieron a buscar un argumento judicial por el cual eludan su responsabilidad de las muertes provocadas en su mandato en octubre de 2003. Pretendieron realizar un nuevo juicio.

Sánchez de Lozada y Sánchez Berzaín cuando ostentaban del poder/ Foto: El Potosí

Innovapress, 6 abr 2021.- El juez James Cohn, del estado de Florida en Estados Unidos (EEUU), denegó este martes una moción por la que buscaban beneficiarse el expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada y su exministro Carlos Sánchez Berzaín prófugos de la justicia en Bolivia por las muertes de octubre de 2003 en los casos “octubre negro” o “guerra del gas”.

El informe corresponde al Centro para Derechos Constitucionales (CCR, por sus siglas en inglés) publicada en su sitio web institución que impulsa el juicio contra las dos exautoridades.

En los antecedentes argumentados por el CCR se tiene que en 2018 un jurado determinó que Sánchez de Lozada y Sánchez Berzaín eran culpables de las muertes extrajudiciales y aplicó 10 millones de dólares a los demandantes.

Luego, ese mismo 2018, el juez Cohn dejó sin efecto el veredicto al observar falta de evidencia, pero posteriormente en agosto de 2020 una Corte de Apelaciones revocó la decisión del juez y le ordenó que se readecúe el proceso.

En noviembre de 2020, el expresidente Sánchez de Lozada y Sánchez Berzaín intentaron nuevamente dejar sin efecto el proceso, presentando la moción para que el juez Cohn decida rechazar los reclamos de los demandantes o, alternativamente, se determine realizar un nuevo juicio. Sin embargo, el pedido fue denegado por Cohn mediante un fallo asumido este 5 de abril de 2021.

“El juez Cohn deniega las mociones de Sánchez de Lozada y Sánchez Berzaín, dictaminando que los demandantes establecieron que los asesinatos fueron ilegales según el derecho internacional y, por lo tanto, extrajudiciales, y que los acusados eran responsables”, resumió el CCR.

El Programa de Derechos Humanos de Harvard ratificó la información, y agregó que con la decisión se “restablece el veredicto del jurado de 2018”.

También se cita en el fallo reciente que se contravino el derecho internacional con las muertes ocurridas en 2003 causadas por militares bolivianos y que los acusados fallaron en demostrar que no fueron asesinatos extrajudiciales.

De igual manera se afirma que con la autoridad que tenían los acusados al mando de las Fuerzas Armadas podían prevenir o sancionar las ejecuciones extrajudiciales cometidas en 2003.

En el documento, finaliza anunciando que la Corte ahora entrará a una sentencia final en favor de los demandantes, de acuerdo con este fallo.

IP/MP

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