La Paz, 20 de mayo de 2024
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El presidente Luis Arce destaca crecimiento de las recaudaciones del impuesto a la riqueza

-El ingreso al primer trimestre fue de Bs 163,4 millones, 2,5% más con relación a similar periodo. “Se cierra la brecha entre ricos y pobres”, afirmó.

Hay un buen desempeño del IGF, según Impuestos Internos/ Foto: imagen referencial

La Paz, Innovapress, 4 abr 2022.- El presidente Luis Arce destacó este lunes el crecimiento en 2,5% de las recaudaciones del Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF) que al primer trimestre de 2022 llegó a Bs 163,4 millones.

“En el primer trimestre de 2022, las recaudaciones del Impuesto a las Grandes Fortunas #IGF sumaron Bs 163,4 millones, es decir 2,5% más que en el mismo periodo de 2021 (sic)”, escribió el mandatario en su cuenta en Twitter.

Arce resaltó que con la medida económica del IGF, “estamos cerrando las brechas entre ricos y pobres, porque una sociedad más igual, crece más rápido”.

Según datos de la administración tributaria, el IGF es una medida aprobada mediante la Ley 1357 del 28 de diciembre de 2020, para contribuir a la redistribución de la riqueza, la ejecución de obras y fortalecer los sectores de salud y educación.

Hasta diciembre de 2021, con el IGF se recaudaron Bs 240,2 millones, de los 204 contribuyentes cuyo patrimonio supera los Bs 30 millones.

Según la norma, el impuesto recae a quienes tienen bienes inmuebles, vehículos terrestres y de navegación aérea o acuática, inversiones de capital, depósitos en entidades financieras, dinero en efectivo en moneda nacional o extranjera, ingresos por seguros, joyas, obras de arte, antigüedades y artículos de colección y derechos de propiedad intelectual e industrial.

El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales, Mario Cazón, indicó que se proyecta que el monto de la recaudación del IGF se elevará con el aporte tributario de las personas nacionales o extranjeras, que no residen en territorio nacional, pero que tienen una fortuna neta mayor de Bs 30 millones en Bolivia.

La autoridad recordó que según el artículo 15 de la Ley 1357, la multa por incumplir el pago del IGF es equivalente al 200% del tributo omitido. El plazo para cancelar el tributo vence el 29 de abril próximo.

IP/MP

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