La Paz, 20 de mayo de 2024
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Cancillería responde y dice que desvinculación de diplomáticos se enmarca en la ley

– Los exservidores no formaban parte del escalafón diplomático porque no contaban con una evaluación del Consejo Evaluador y Calificador de Méritos, establecido por Ley 465, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia.

El edificio central de la Cancillería en plaza Murillo en La Paz/ archivo

La Paz, Innovapress, 3 jul 2023.- Luego de la denuncia de diplomáticos en sentido de que el Ministerio de Relaciones Exteriores desvinculó sin dar lugar a la carrera diplomática a 200 funcionarios, este lunes esa Cartera respondió en sentido de “la justicia constitucional resolvió que las decisiones sobre el personal de Cancillería se enmarcan en la ley”.

El Tribunal Constitucional resolvió, mediante los fallos SCP N° 1189/2022-S4 de 19 de septiembre de 2022 y SCP N°1258/2022-S4 de 26 de septiembre de 2022, que el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia procedió de acuerdo a las leyes en vigencia, para desvincular a funcionarios que fueron designados por libre nombramiento, que no tenían un estatus de servidores con carrera institucional, informó el director jurídico de la Cancillería, Bernardo Ortiz.

“Todas las desvinculaciones que se realizaron en el Ministerio de Relaciones Exteriores estuvieron enmarcadas en la normativa vigente y tomando en cuenta la situación particular de cada persona”, agregó.

La aclaración surge luego que diplomáticos hicieran conocer la interposición de una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por una supuesta vulneración de derechos tras su desvinculación del Ministerio de Relaciones Exteriores hace más de dos años.

Al respecto, Ortiz señaló que estas personas tienen la libertad de acudir a todas las instancias jurídicas, sean nacionales o internacionales, para hacer velar por sus derechos si consideran que han sido vulnerados.

Pero, indicó que la Comisión acepta demandas contra Estados por supuesta vulneración de derechos, no en contra de personas individualizadas y que, ante eso, Bolivia responderá de manera oportuna, según el comunicado.

“Consideramos que en el caso presente el Ministerio de Relaciones Exteriores ha obrado conforme a las prerrogativas establecidas en la Ley, así lo ha señalado en una serie de pronunciamientos emitidos por Tribunales de Garantías que han sido ratificados por el Tribunal Constitucional Plurinacional”, anotó. 

Precisó que se tienen dos sentencias del Tribunal Constitucional que determinan que los exservidores públicos no formaban parte del escalafón diplomático porque no contaban con una evaluación del Consejo Evaluador y Calificador de Méritos, establecido por la Ley 465, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia.

Anotó que, en 2020, durante el periodo de “ruptura constitucional”, intentaron implementar un escalafón diplomático que no era inclusivo y que no respetaba derechos básicos como la igualdad, a través del Decreto Supremo 4240, que luego fue declarado inconstitucional mediante la Sentencia 16/2020 del Tribunal Constitucional.

En ese marco, “es importante aclarar que actualmente en la Cancillería no existen servidores públicos con carrera diplomática. En la actual gestión se está trabajando en un escalafón diplomático que sea inclusivo y pueda dar la oportunidad a cualquier ciudadano o ciudadana de trabajar por su país en el servicio exterior o en las oficinas centrales del Ministerio de Relaciones Exteriores”.

IP/RDC

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