Relator de la ONU recomienda que ‘nunca’ debe permitirse explotación minera en áreas protegidas

-Por violar el derecho humano a contar con medio ambiente sano y limpio.

Los auríferos mineros quieren explotar áreas protegidas/ Sernap

La Paz, Innovapress 8 nov 2023.- El relator especial de la Organización de Naciones Unidas (ONU) sobre Derechos Humanos y Medio Ambiente, David R. Boyd, respecto del pedido de los mineros auríferos de explotar en áreas protegidas manifestó que “nunca” se debe permitir porque atenta contra el derecho humano a un ambiente limpio.

“Nunca debe permitirse la minería en zonas protegidas. Esto viola el derecho humano a un medio ambiente limpio, sano y sostenible”, escribió Boyd en la red social X junto a un pronunciamiento de la Coordinadora Nacional de Defensa de los Territorios Indígenas Originarios Campesinos y Áreas Protegidas de Bolivia (Contiocap).

En su publicación, insinuó que la explotación en estas áreas naturales, “también viola los derechos de la madre naturaleza”.

Los cooperativistas auríferos plantean que los Certificados de Compatibilidad Únicos (CCU’s), entregados por el Servicio Nacional de Áreas Protegidas (Sernap), sirvan como permiso para realizar operaciones mineras en parques y reservas naturales.

“Es decir que el Sernap, convertido en brazo operativo para el sector minero, otorga autorizaciones cuando es una instancia que debería, más bien, impedir el ingreso de actividades extractivas a las Áreas Protegidas”, señala la Coordinadora Nacional de Defensa de los Territorios Indígenas Originarios Campesinos y Áreas Protegidas de Bolivia (Contiocap), compartidas por el Relator.

Contiocap exige que estos certificados (CCU’s) sean revocados por ser inconstitucionales.

Denuncia que el sector minero pretende aprovecharse de todas las áreas fiscales, áreas protegidas y áreas forestales para su propio beneficio sin considerar el bien común, ya que la explotación minera pone en riesgo el cuidado del medioambiente.

El pliego petitorio de los mineros del oro exige la “prosecución de trámites de adecuación en áreas forestales y áreas protegidas de derechos preconstituidos”.

IP/RDC

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