La Paz, 20 de mayo de 2024
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El Gobierno firmó el Decreto 5084 que dispone arancel cero para importación de petróleo y diésel

-La norma no tiene fecha límite y está a cargo de los ministerios de Economía e Hidrocarburos.

Importación de diésel y petróleo con arancel cero/ arch

La Paz, Innovapress, 15 dic 2023.- El Gobierno emitió el Decreto Supremo 5084 que consigna un artículo un único: “Se establece el Gravamen Arancelario del cero por ciento (0%) para la importación de las Subpartidas Arancelarias 2709.00.00.00 (Petróleo Crudo) y 2710.19.21.00 (Diésel Oíl) del Arancel Aduanero de importaciones de Bolivia”.

La norma encarga la ejecución a los ministros de Economía y Finanzas Públicas y de Hidrocarburos y Energías.

La norma anterior era el Decreto Supremo 4843, el cual suscribía una disposición y cuya vigencia fenecía el 31 de diciembre de la presente gestión.

Sin embargo, el nuevo DS 5084 no establece una fecha límite para la vigencia del arancel cero para la importación a cargo del Estado.

Actualmente, la estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) es el único mayorista e importador de carburantes y, a fin de cumplir con el abastecimiento continuo e ininterrumpido de los hidrocarburos líquidos en el mercado interno, adquiere petróleo crudo y diésel oíl a precio internacional.

A esto se deben sumar los costos de transporte, seguros, impuestos, gravamen arancelario (ya dado de baja con el decreto) y otros, lo que encarece el costo total del producto en comparación con los precios del mercado interno.

IP/RDC

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