- Según dijo, el registro físico de las listas de candidatos con ‘documentos originales requeridos’ se cumplió en las oficinas del TSE ‘con la intervención de Notario de Fe Pública’.

La Paz, Innovapress, 20 may 2025.- A pesar de que la Secretaría de Cámara del Tribunal Supremo Electoral (TSE) le negara en dos oportunidades la inscripción de Evo Pueblo por no tener personería jurídica y luego de Pan Bol, el expresidente Evo Morales insistió este martes que logró la inscripción de su frente y de su postulación.
“Informo que nuestro Instrumento Político EVO PUEBLO (Estamos Volviendo Obedeciendo al Pueblo) cumplió los requisitos y plazos establecidos para registrar a nuestro binomio mediante el sistema digital del Tribunal Supremo Electoral”, publicó Morales en su cuenta de X.
Además, durante la noche de este lunes, seguidores de Morales, a la cabeza de la exministra Wilma Alanoca, anunciada como candidata a la Vicepresidencia, no pudieron ingresar al TSE para registrar a sus candidatos.
Informo que nuestro Instrumento Político EVO PUEBLO (Estamos Volviendo Obedeciendo al Pueblo) cumplió los requisitos y plazos establecidos para registrar a nuestro binomio mediante el sistema digital del Tribunal Supremo Electoral (TSE).
— Evo Morales Ayma (@evoespueblo) May 20, 2025
El registro físico -adjuntando las…
Sin embargo, según Morales, el registro físico de las listas de candidatos con “documentos originales requeridos” se cumplió en las oficinas del TSE “con la intervención de un Notario de Fe Pública”.
Cerca de las 22:00 del lunes, Wilfredo Chávez, abogado del evismo, había indicado que cumplieron el registro digital mediante correo electrónico y que les faltaba cumplir la inscripción presencial en el TSE, pero que las autoridades no les dejaron ingresar.
Empero, ni Evo Pueblo ni Pan-Bol tienen personería jurídica por lo que Morales no participaría de las elecciones generales.
El pasado 7 de mayo, el TSE decidió revocar la personería jurídica de Pan Bol, así también del Frente Para la Victoria (FPV), debido a que no lograron el 3% de la votación en las últimas elecciones.
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) notificó al Órgano Electoral respecto a la Sentencia 007/2025, que establece que nadie puede ejercer la presidencia del Estado en más de dos ocasiones, ya sea de manera continua o discontinua.
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