Jueza del Cercado se declara incompetente en Cochabamba para ventilar el proceso contra Ruth Nina y lo remite al Trópico

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  • ‘Estamos ante un proceso en el que corresponde aplicar las normas de competencia territorial. El hecho investigado ocurrió en Lauca Ñ y no en Cercado de Cochabamba”, señala.
Ruth Nina debe comparecer este viernes en la Fiscalía de Cochabamba/ arch referencial

Cochabamba, Innovapress, 17 jul 2025.- Jueza de Instrucción Penal Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer N 1 del Cercado declinó competencia este jueves para ventilar el proceso penal contra Ruth Nina remitiendo el caso a los juzgados de turno en Shinahota, en el Trópico de Cochabamba.

De acuerdo con el argumento de la autoridad jurisdiccional, la causa debe ser tramitada en el Trópico debido a que no se habría acreditado el domicilio real de la denunciada y a que los hechos denunciados habrían ocurrido en esa región.

Añadió que las declaraciones de Nina que motivaron la denuncia por amenazas se realizaron en un evento político en la localidad de Lauca Ñ, que pertenece al municipio de Shinahota.

La denuncia fue presentada por María Leonila Galindo Torrez, en representación del Comité Nacional de Defensa de la Democracia (Conade), ante el Ministerio Público. Galindo acusó a Ruth Yolanda Nina Juchani, de incurrir en amenazas que ponen en riesgo el proceso electoral al declarar públicamente el 12 de julio: “El 17 de agosto el Gobierno y el Tribunal Electoral, en vez de contar votos, van a contar muertos”, si no se permitía la candidatura de Evo Morales.

“Estamos ante un proceso en el que corresponde aplicar las normas de competencia territorial. El hecho investigado ocurrió en Lauca Ñ y no en Cercado de Cochabamba”, señala el documento firmado por la secretaria Sabrina Mamani Packa, al firmar la resolución judicial del referido Juzgado.

Además, según el argumento jurídico, no existen pruebas ni indicios de que el hecho haya ocurrido en la ciudad de Cochabamba, ni que la denunciada Ruth Nina resida en ese lugar. Tampoco se hallan allí las pruebas materiales, que deben ser colectadas del contexto en el que fueron emitidas las declaraciones.

“La jurisdicción y competencia son principios fundamentales del debido proceso. Todo acto investigativo debe efectuarse conforme a la ley y con el juez natural competente”, recuerda la resolución, citando los artículos 46 y 49 del Código de Procedimiento Penal.

El fiscal del caso, Juan Alfredo Palacios, también había confirmado en su requerimiento que los hechos se produjeron durante un congreso político en Lauca Ñ, por lo que ahora será la Fiscalía de Shinahota la encargada de continuar con las investigaciones por los presuntos delitos de amenazas e instigación pública a delinquir.

Desde el Conade, se aguarda ahora una postura del Tribunal Supremo de Justicia, para garantizar que el caso no quede en la impunidad y que se determine si las palabras de Nina configuran amenazas reales contra el proceso democrático boliviano.

También puedes ver: El Ministerio Público citó a Ruth Nina en la Fiscalía de Cochabamba por amenazas al proceso electoral

IP/RDC

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