Interpol en apronte para evitar que Luis Arce y sus colaboradores abandonen el país, piden a la Contraloría notificar

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  • En aplicación de la Ley 1352 de Permanencia Obligatoria en Territorio Nacional.
Luis Arce en una sesión de gabinete ministerial/ arch

La Paz, Innovapress, 10 nov 2025.- Hasta que rindan cuentas al Estado por denuncias de corrupción, malos manejos, tráficos de influencias, enriquecimientos ilícitos y otros, la Policía boliviana se puso en apronte para no dejar salir al expresidente Luis Arce y a sus colaboradores en cumplimiento de la Ley 1352 de Permanencia Obligatoria en Territorio Nacional de Autoridades del nivel central del Estado y entidades territoriales autónomas.

Arce y sus ministros tienen sindicaciones de malos manejos de la cosa pública, el mismo presidente Rodrigo Paz, durante su discurso de asunción, pidió a Arce no abandonar el país y activar las alertas migratorias.

La Oficina de Interpol (Policía Internacional) ha informado que aplicará de manera estricta la Ley 1352.

“Se tiene que cumplir (la Ley 1352) y en coordinación con el Servicio de Migración todo nuestro personal está en estado de listeza y atento para dar cumplimiento a la normativa que señala que las autoridades que cesaron no podrán abandonar el país, cualquier novedad daremos a conocer a las autoridades competentes ya sean judiciales o fiscales en caso de conocer algunos de estos aspectos” manifestó el coronel Juan Carlos Bazoalto, director de Interpol Bolivia.

“El último reporte que se tiene de nuestra Unidad Policial de Control Migratorio señala que no hay ninguna solicitud expresa, pero si existen otro tipo de disposiciones legales con seguridad daremos cumplimiento riguroso. De acuerdo a lo dispuesto por la normativa, si no nos equivocamos es de noventa días la prohibición de dejar el país”, reiteró el jefe policial.

Por su parte, el diputado Carlos Alarcón (Unidad) pidió a la Contraloría estar atentos a los informes que eleven las exautoridades y -en consecuencia- ordenar notificar para sus arraigos.

“Representamos una nota dirigida a la Contralora General del Estado, Nora Herminia Mamani y otra nota a Migración pidiendo que de acuerdo a la Ley 1352 la obligación que tenía la contralora interina y el director de Migración que el día sábado 8 de noviembre se venció el plazo para que se mande la lista completa de los ministros del gobierno saliente, de los parlamentarios de la Asamblea anterior a efecto de que el Director de Migración disponga la alerta preventiva o el arraigo”.

“De esta manera la autoridad de Migración y la fuerza pública policial a cargo de la custodia de las fronteras no dejen salir durante los tres meses posteriores al cese de funciones no dejarlos salir del territorio nacional”, apuntó el legislador.

El diputado advirtió que, si la Contraloría y Migración no cumplieron con sus obligaciones hasta el sábado, ambas autoridades podrían ser responsables de que exfuncionarios del anterior gobierno abandonen el país sin autorización. “Si no han cumplido esta obligación, serán los responsables de cualquier fuga. La ley es clara: quien se ausente incurre en sanción penal. Irse del país durante este periodo es un delito”.

Ley 1352

  • Artículo 1°.- (Objeto) La presente Ley tiene por objeto establecer la obligación de permanecer en el territorio nacional por el lapso de tres (3) meses de haber cesado en mandato o ser destituido la Presidenta o el Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente, Ministras o Ministros de Estado, Gobernadoras o Gobernadores, Alcaldesas o Alcaldes, Asambleístas Nacionales, Departamentales, Concejales Municipales y Máximas Autoridades Ejecutivas de las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales, a efectos de rendir los informes que se requieran a las autoridades entrantes, en el marco de la transparencia y precautelando los intereses del Estado.
  • Artículo 2°.- (Finalidad) La presente Ley tiene como finalidad que las autoridades salientes rindan todos los informes necesarios en el marco de la transparencia, precautelando los intereses del Estado, para dar continuidad a la gestión de gobierno y evitar la impunidad ante un posible hecho o acto de corrupción.
  • Artículo 3°.- (Autoridades con la obligación de permanencia) La presente Ley, establece la obligación de permanencia en el territorio nacional por el lapso de tres (3) meses, de:
  • Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente, Ministras o Ministros del Estado y Asambleístas Nacionales que hayan cesado en su mandato por cualquier motivo.
  • Gobernadoras o Gobernadores, Alcaldesas o Alcaldes, Asambleístas Departamentales, Concejales Municipales y Máximas Autoridades Ejecutivas de las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales que hayan cesado en su mandato o hayan sido destituidos.
  • Artículo 4°.- (Responsabilidad) Las autoridades salientes que incumplan la presente Ley, serán responsables penalmente.
También puedes ver: Oposición: Luis Arce con arraigo, no puede salir de Bolivia durante los próximos tres meses debe rendir cuentas a los bolivianos

IP/RDC

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