Por su ineficiencia en la crisis energética, la ANH intervenida por 180 días

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  • A través del Decreto Supremo 5699 se dispuso la fiscalización extraordinaria de la entidad reguladora tras detectarse fallas críticas en el control del abastecimiento; una comisión de ministros auditará las bases de datos e investigará responsabilidades.
El ente regulador intervenido al igual que YPFB en medio de la crisis energética/ Fotocomp Innovapress/IPN

La Paz, Innovapress, 3 sep 2026.- Un día después de la intervención a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) y en medio de la crisis energética agudizada por la ineficiencia de la entidad reguladora, el Gobierno de Rodrigo Paz a través del DS 5699 ordenó este jueves la intervención de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) por un lapso de 180 días.

La conducción de este proceso quedará bajo la tuición directa de la Comisión de Intervención Estatal Extraordinaria de la ANH, un bloque interinstitucional de alta jerarquía integrado por los titulares de las carteras de Hidrocarburos, Producción y Obras Públicas, además del Viceministerio de Transparencia.

Esta comitiva técnica fue facultada con potestades excepcionales de supervisión y requerimiento que le otorgan acceso directo e irrestricto a los expedientes físicos, bases de datos y plataformas digitales administradas por la entidad reguladora, concentrando su atención quirúrgica en la auditoría profunda del sistema informático B-SISA para identificar distorsiones en la distribución.

De acuerdo con el texto legal, el equipo multidisciplinario tendrá la atribución de verificar los procedimientos de control de calidad de los combustibles importados y producidos en el territorio nacional, además de revisar minuciosamente la oportunidad y el fundamento jurídico de los procesos sancionatorios administrativos en curso.

La comisión está autorizada para incorporar profesionales especializados, consultores externos y peritos técnicos, poseyendo asimismo la facultad ejecutiva de recomendar la remoción inmediata de personal de nivel jerárquico o administrativo cuyas funciones hayan afectado la seguridad energética o los recursos del Estado.

El decreto supremo especifica que el reglamento de funcionamiento de la comisión se aprobará en un plazo máximo de cinco días hábiles, otorgándosele un compás de 30 días calendario posteriores para emitir su informe de evaluación integral inicial.

En caso de detectarse indicios de irregularidades, los informes circunstanciados serán remitidos de forma directa ante el Ministerio Público, la Contraloría y la Procuraduría; finalmente, la norma aclara que la intervención se aplicará bajo una estricta política de austeridad que no demandará recursos adicionales al Tesoro General de la Nación (TGN), debiendo cubrirse con los presupuestos institucionales vigentes.

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IP/RDC

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