La CIJ falló, el Silala es un río de curso internacional, Chile tiene facultad para su uso equitativo y razonable

-Según la Corte, Bolivia nunca pidió compensación por el uso del recurso hídrico, sin embargo, reconoció que tiene soberanía aguas arriba previa concertación entre las partes.

El Tribunal de la Corte Internacional de Justicia de La Haya en Países Bajos/ agencias

La Haya, Innovapress, 1 dic 2022.- La Corte Internacional de Justicia (CIJ) falló este jueves en La Haya que “no hay dudas de que las aguas del Silala son de curso internacional” al ser reconocido esto por ambos países. “Chile tiene derecho a su uso equitativo y razonable”.

“En vista de que las partes están de acuerdo en que el río Silala es un curso de agua internacional y la aplicabilidad del derecho internacional consuetudinario la Corte constata que la sumisión A de Chile queda sin objeto por lo tanto la Corte no necesita tomar una decisión”, afirmó la jueza Joan E. Donoghue, presidenta del Tribunal.

Según la jueza, Donoghue, Chile tiene un derecho al uso de las aguas del Silala, independientemente que fluyeran por un canal artificial.

Asimismo, Bolivia no señaló que Chile deba pagar una compensación por el uso de este recurso en el pasado.

No obstante, la CIJ reconoció el derecho soberano de Bolivia de desmontar o hacer modificaciones a los canales artificiales que llevan las aguas del Silala desde su territorio para lo que debe existir un acuerdo concertado de ambas partes.

Así, las tres demandas reconvencionales presentadas por Bolivia fueron declaradas sin objeto y que “las características únicas del caudal deben tenerse en cuenta a la hora de aplicar las normas del derecho internacional consuetudinario”.

En su parte resolutiva por 15 votos contra uno, la conclusión A de la demanda chilena no tiene objeto y por eso no existe pronunciamiento; lo mismo suceden con las conclusiones B y C; mientras que, con la D, la decisión fue 14 contra dos; y la E fue rechazada por unanimidad.

Respecto a la postura de Bolivia, por 15 votos contra uno, la demanda contravencional en su conclusión A quedó sin objeto, lo mismo que la B, y la C fue rechazada por unanimidad.

En las partes sobresalientes de la consideración que efectuó la CIJ está que “el principio de uso equitativo y razonable se aplica a todo el caudal, natural y mejorado” y que “Chile tiene derecho a un uso razonable y equitativo”, pero “sin perjuicios para Bolivia.

Esta fue la primera vez que la CIJ se pronunció sobre un curso de agua internacional, por lo que más allá del resultado entre Chile y Bolivia, sentó un precedente judicial para futuros casos.

El Silala es un afluente que nace en bofedales (humedales de altura) en el cantón Quetena de Sud Lípez de Potosí y en su trayecto atraviesa la frontera con Chile, el uso de sus aguas fue motivo de la controversia desde 2016.

Precisamente, el caso llegó a la CIJ en 2016, cuando Chile pidió a ese alto Tribunal que declare al Silala formalmente como un curso de agua internacional, sujeto a normas específicas, para garantizar sus derechos sobre el uso de ese recurso hídrico en su territorio.

Bolivia respondió en 2018 con una contrademanda ante la CIJ para pedir a la Corte que le reconozca sus derechos sobre el flujo artificial, por el sistema de canales construidos para reunir agua de manantiales, y exigió que Chile pague una indemnización por uso de esos recursos.

Las últimas audiencias por el caso del Silala se realizaron en abril pasado, cuando las partes formularon sus alegatos y tuvieron oportunidad de interpelarse mutuamente.

Las relaciones diplomáticas entre los dos países están rotas desde 1978, cuando fracasó el último intento de negociar un acceso de Bolivia al océano Pacífico.

IP/MP

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