La Paz, 13 de mayo de 2024
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Las Reservas de Oro son de 43,05 t, solo podrán ser monetizadas, 21 t y al menos 22 t deben seguir en bóvedas

-Este jueves los dos informes de las comisiones de Planificación Económica y de Economía Plural entran al pleno de la Cámara de Senadores. Desde el MAS (renovadores) aseguran que se sancionará.

Las Reservas de Oro son de 43,05 toneladas de ellas, solo 21 podrán ser monetizadas/ referencial

La Paz, Innovapress, 3 may 2023.- Las Reservas de Oro en el Banco Central de Bolivia (BCB) son de 43,05 toneladas (t), de ellas, solo podrán ser monetizadas en el mercado financiero internacional 21 t y al menos 22 t deberán permanecer en bóvedas del ente emisor, explicó este miércoles el senador, Rubén Gutiérrez.

El proyecto de ley está agendado para este jueves cuando el pleno reciba los informes de las comisiones de Planificación Económica y de Economía Plural, “Hay consenso para su sanción”, afirmó el legislador.

“Con este propósito la Asamblea Legislativa va a cumplir su mandato y de esa manera fortalecer al sistema económico. Esta ley va a generar solidez, liquidez, confianza y certidumbre”, añadió.

El proyecto de Ley de Compra de Oro destinado al fortalecimiento de las Reservas Internacionales Netas está enmarcado en la Constitución Política del Estado porque es el BCB el que controla, administra las Reservas Internacionales, añadió Gutiérrez.

Sostuvo que el proyecto de Ley del Oro está enmarcado dentro de la Ley 1670 del BCB que determina cuáles son las funciones del ente emisor.

Especificó que existen tres garantías para la adecuada administración del oro, la primera, que 22 t de oro deben permanecer en bóvedas del BCB de un total de 43.05 t certificadas por el ente emisor.

“Pero esas 43 toneladas pueden ir subiendo, pero la perspectiva es duplicar o triplicar las Reservas de Oro que permitan fortalecerlas. Al comprar oro del mercado interno a precio y peso justo, vamos a poder duplicar”.

“Pero por el momento tenemos 43,05 toneladas y de ellas 22 toneladas deben estar en bóvedas y las restantes 21 pueden ser motivo u objeto de operaciones financieras que tienen que ver con la obtención de ganancias o su rentabilidad como oro monetario a través de empresas especializadas”, acotó.

La segunda garantía, según Gutiérrez, es que se deberá manejar con absoluta transparencia las Reservas Internacionales que ya está prescrita en la misma Constitución y además que con la Ley del Oro, el BCB cada cuatro meses deberá informar a la Asamblea Legislativa sobre el destino, inversiones y su administración de las Reservas.

Respecto a la disposición discrecional de las Reservas de Oro, “son apreciaciones que no están basadas en criterios fundados. Las Reservas de Oro fundamentalmente están siendo gestionadas de acuerdo a normativas vigentes y del misma Constitución”.

“Lo importante es invertir, monetizar estas reservas, pero también la reposición de las Reservas, el Banco Central de Bolivia va a tener que reponer estas reservas de oro para tener en su conjunto la totalidad para que formen parte de las Reservas Internacionales. Confiamos en que las operaciones y las gestiones de las reservas se estén llevando adelante en el marco de la transparencia y de la información permanente y cualquier diputado y senador puede pedir al Banco Central cuantas veces requiera información periódica sobre el destino de nuestras reservas”, añadió.

IP/RDC

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