-Anula varios artículos de la Ley Departamental 98 y alertan que vulnera las autonomías departamentales.
Santa Cruz, Innovapress, 10 oct 2023.- El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) dictó el 8 de agosto, la Sentencia Constitucional 0076/2023 que anula varios artículos de la Ley Departamental 98, respecto de la competencia de la administración departamental de crear o declarar unidades de conservación, áreas protegidas o patrimonio natural dentro de su territorio autónomo. De esa manera se da paso a la construcción de la carretera kilómetro 13-Las Cruces-Buena Vista.
La Ley Departamental 98 fue promulgada el 21 de mayo de 2015, en la gestión de Rubén Costas y tiene como objeto “delimitar el marco jurídico aplicable para la conservación del Patrimonio Natural Departamental, con el propósito de proteger y conservar un medio ambiente saludable y equilibrado, promoviendo el turismo en estos espacios, armonizando los intereses sociales, económicos y ecológicos del departamento de Santa Cruz”.
La norma define cómo se deben desarrollar varias actividades económicas para que compatibilicen con la conservación del patrimonio natural, entre ellas las actividades forestales, minera, de hidrocarburos, infraestructura y turismo.
La sentencia establece que el Patrimonio Natural es responsabilidad y atribución exclusiva del Estado, según el artículo 346 de la CPE y con ello anula los alcances de la ley departamental cruceña para administrar los espacios territoriales de conservación.
Fue firmada por los magistrados Gonzalo Hurtado, René Espada, Petronilo Flores, Brígida Vargas y Karen Gallardo.
Al respecto, la diputada María René Álvarez alertó que este fallo genera un antecedente contra las autonomías departamentales y alertó que afecta directamente a la Unidad de Conservación del Patrimonio Natural Guendá Urubó, creada por la Gobernación de Santa Cruz, ya que abrirá la posibilidad de que se construya la cuestionada carretera por esta zona, donde se encuentran los acuíferos.
“La sentencia fue emitida en agosto por el TCP y fue notificada el 20 de septiembre al Gobierno Autónomo Departamental casi como un regalo del centralismo en contra de Santa Cruz, dónde días antes nos habían bloqueado por la construcción de una carretera que atraviesa los acuíferos Güenda-Urubó por el tramo diseñado por el Gobierno”, reveló la diputada.
En su criterio, con el fallo le están quitando a Santa Cruz el derecho a legislar, a administrar y gobernar en el territorio del departamento y le están diciendo a las gobernaciones, que como gobiernos subnacionales “solo deben dedicarse a hacer obras menores, poner cables o emitir certificados, pero la tierra y el territorio, incluidas las áreas protegidas y el patrimonio natural, los manejará el Gobierno centralista como le dé la gana”.
La constitucionalidad de la ley fue observada en 2017 por el entonces vicepresidente, Álvaro García Linera y asambleístas departamentales cruceños del MAS, que argumentaron un “conflicto de competencias” entre la norma departamental de Santa Cruz y las atribuciones y competencias privativas del nivel central sobre temas de tierra y territorio.
Según la diputada Álvarez, la sentencia constitucional obvia otro artículo de la Constitución, que en su artículo 300 numeral 18, señala que una de las competencias exclusivas de los gobiernos departamentales es la “Promoción y conservación del patrimonio natural departamental”.
IP/RDC