Impuestos Nacionales amplía plazo para planes de pago de deudas tributarias hasta por cinco años

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  • A través de la Resolución 102600000033, el SIN amplió el beneficio de 30 a 60 meses. La medida busca dar oxígeno financiero a las empresas, reducir las cuotas mensuales y proteger el capital de trabajo ante la coyuntura económica.
El edificio central de la administración tributaria/ arch

La Paz, Innovapress, 13 sep 2026.- El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) activó una medida de alivio financiero de alto impacto para el sector productivo y comercial del país. La administración tributaria oficializó la ampliación de 30 a 60 meses el plazo máximo para que los contribuyentes puedan acogerse a planes de Facilidades de Pago (FAP) para la regularización de sus deudas fiscales devengadas.

La determinación regulatoria quedó plasmada en la Resolución Normativa de Directorio (RND) 102600000033, la cual reglamenta de forma directa la aplicación del Decreto Supremo 5687 emitido el pasado 31 de agosto de 2026. Esta nueva disposición modifica los límites del anterior Decreto 27310 (Reglamento del Código Tributario Boliviano), el cual mantenía un techo rígido de apenas 30 meses para la extinción de las obligaciones pendientes.

Alivio al capital de trabajo
Con la puesta en vigencia de esta modificación, los contribuyentes que arrastren deudas tributarias en mora o que decidan regularizar su situación de forma voluntaria podrán dilatar sus cuotas mensuales en un periodo de hasta cinco años.

Al duplicarse el tiempo de amortización en el sistema, el valor de la cuota mensual se reduce de manera significativa, representando un soporte técnico y económico clave para pequeñas, medianas y grandes empresas que buscan resguardar su capital de operación.

Desde el punto de vista legal, la medida se ampara en el Artículo 55 del Código Tributario Boliviano (Ley 2492), el cual faculta a la Administración Tributaria a conceder estos beneficios a solicitud expresa del sujeto pasivo en cualquier momento del proceso, inclusive si la deuda ya ingresó a la etapa coactiva de ejecución fiscal. El nuevo cómputo de las 60 cuotas mensuales comenzará a correr a partir del primer día hábil del mes siguiente a la notificación de la Resolución Administrativa correspondiente.

Condiciones del acuerdo fiscal
Un plan de Facilidad de Pago se consolida como un convenio formal entre el deudor y el fisco para fraccionar los montos exigibles cuando no se cuenta con la liquidez inmediata para un pago total. La normativa ratifica que el beneficio está disponible para cualquier sujeto pasivo o tercero responsable inscrito en el padrón, siempre y cuando la cuota mensual mínima establecida sea igual o superior a las 200 Unidades de Fomento de Vivienda (UFVs) calculadas en moneda nacional.

El procedimiento operativo, los requisitos técnicos de las garantías y las condiciones de seguimiento institucional se mantienen indexados a los manuales de la RND 102500000019. Este instrumento normativo busca frenar la aplicación de medidas coercitivas severas —como la retención de fondos o embargos— y generar certidumbre jurídica en las diferentes cámaras empresariales para coadyuvar a la dinamización de la economía nacional.

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IP/RDC

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